El pasado 25 de abril de 2025 se publicó en el BOE el extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de
Educación por la que se convocan las Ayudas para Alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo
(NEAE) correspondientes al curso académico 2025-2026.
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el 30 de abril de 2025 a las 08:00 h (hora peninsular) hasta el 11 de septiembre de 2025 a las 24:00 h(hora
peninsular), ambos inclusive.
Solo se admitirán solicitudes fuera de plazo cuando la necesidad se haya producido posteriormente y se
acredite documentalmente, siempre antes del 31 de enero de 2026, y siempre que la situación no admita
demora por su naturaleza.
Toda la información actualizada sobre la convocatoria está disponible en el Portal de Becas.
Principales novedades y aspectos a tener en cuenta:
1. Formulario de solicitud
• Debe cumplimentarse y teletramitarse exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes.
• No será necesario entregar el formulario en papel en el centro educativo.
• El alumno/a deberá figurar como titular o cotitular de la cuenta corriente indicada en la solicitud y
disponer de un NIF/NIE válido tanto en Hacienda como en Séneca. En caso contrario, no podrá
tramitarse el pago.
2. Documentación adicional a aportar por los solicitantes
• Toda documentación complementaria debe presentarse por los solicitantes a través de la Secretaría
Virtual de Centros de la Junta de Andalucía.
• Documentos requeridos, si es el caso:
• Anexo VI (Certificado de Gabinetes) correspondiente a la ayuda de reeducación pedagógica o
del lenguaje o el programa específico para alumnado de altas capacidades. El modelo del
Anexo VI está disponible en la convocatoria y en el Portal de Becas.
• Certificado de discapacidad
• Certificado TEA
• Además, deberán presentar documentación adicional aquellas personas cuya unidad familiar se
encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
• Ingresos percibidos en el extranjero no declarados en España en el ejercicio anterior.
• Declaración de la renta presentada en el País Vasco.
• Unidad familiar declarada como independiente.
• NIF/NIE de algún miembro computable no validado.
• Falta de inclusión de un progenitor en la unidad familiar.
3. Orden de presentación
• La documentación adicional no podrá presentarse antes de haber completado la teletramitación del
formulario en la sede electrónica del Ministerio.
• La solicitud no será válida si no se ha realizado previamente el trámite referido.
4. Trámite de documentación adjunta a realizar por los solicitantes
• El trámite debe ser realizado por la persona solicitante mediante clave IANDE, disponible en la app
iPasen y requerirán el localizador de la solicitud de la Convocatoria tramitada en la sede electrónica
del Ministerio.
• Al finalizar el trámite, deberán guardar el resguardo de presentación (PDF con sello de registro), que
acredita haber finalizado con éxito la presentación de su trámite en plazo y forma.