Desde que la Organización Mundial de la Salud declarara el pasado 30 de enero como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) el brote de coronavirus (COVID-19), se han adoptado tanto a nivel nacional como autonómico medidas urgentes de respuesta que se añaden a las actuaciones realizadas en el ámbito comunitario e internacional.
En este sentido, el Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en las playas, medidas administrativas en el ámbito educativo, y otras
medidas complementarias ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), ha adoptado las medidas necesarias para reanudar o iniciar aquellos procedimientos administrativos que son necesarios para una adecuada planificación del próximo curso escolar 2020/2021.
Además, dicha norma ha habilitado a la Consejería competente en materia de educación para establecer por Orden los calendarios de actuaciones correspondientes a dichos procedimientos, de manera que los plazos puedan ser conocidos por la ciudadanía y se garantice la prestación del servicio educativo.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en la disposición final décima.tres del Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente Orden tiene por objeto establecer los calendarios de actuaciones de los siguientes procedimientos administrativos:
a) Los procedimientos de admisión del alumnado y de solicitud de ayuda en las escuelas infantiles y en los centros de educación infantil, tanto los de titularidad de la Junta de Andalucía como los adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
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