Medidas Generales de atención educativa

          Según la Orden de 15 de Enero de 2021 (mencionada completa al final de este post), las medidas generales de atención educativa son aquellas actuaciones que como docentes realizamos hacia el alumnado para promover el correcto desarrollo de los procesos de aprendizaje y fomentar el éxito escolar mediante el uso de recursos que se ajusten a sus necesidades.

¿Cuál es el objetivo de usar estas medidas?

          El objetivo por el que se hace uso de estas medidas es mejorar la situación académica del alumnado y favorecer su desarrolla académico a lo largo de toda su escolarización, y para ellos se desatacan algunos objetivos principales por los que se hace uso de ellas:

✏️ Potenciar el proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado mediante el ajuste de estas medidas según sus necesidades.

✏️ Potenciar sus habilidades y capacidades para que avance adecuadamente acorde al ritmo del nivel en el que se encuentra.

✏️ Prevenir posibles dificultades en el proceso de aprendizaje y el rendimiento académico.

¿Cuándo se proponen estas medidas?

          Se ponen en marcha ante posibles indicios de que el alumnado pueda presentar alguna necesidad en su proceso de enseñanza-aprendizaje o que pueda presentar alguna Necesidad Específica de Apoyo Educativo (NEAE).

¿Cómo es el procedimiento burocrático? (cosas a saber como docente)

          1.- se proponen las medidas generales que se estimen oportunas para los nuevos casos detectados por un plazo máximo de tres meses, durante los cuales se hará un seguimiento de los avances del estudiante, como forma de compensar sus necesidades.

        2.- En el plazo de tres meses (máximo) pueden ocurrir dos cosas:

          – Que no disminuyen o desaparecen las dificultades que causaron la implementación de dichas medidas, por tanto se comenzará el proceso de evaluación psicopedagógica (os informará del procedimiento vuestro/a orientador/a de referencia), con la finalidad de poder adoptar otro tipo de medidas específicas que se ajusten a sus necesidades.

          – Que las medidas sean útiles y eficaces y se sigan usando sin necesidad de plantear otras medidas específicas.

 

Nota: A lo largo del proceso de seguimiento (durante los tres meses) se pueden ir ajustando y modificando las distintas medidas generales utilizadas.

 

Aquí os dejo todas las medidas Generales que se pueden poner a nivel de centro, de aula y de alumnado.

Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre distintas etapas educativas.

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