ETPOEP: Directorio

ETPOEP (menú lateral) / Directorio
Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional
Delegación Territorial de Educación en Córdoba
C/ Santo Tomás de Aquino S/N 14071 – Córdoba
Coordinadora Provincial Francisca Cerezo Calero
etpoep.dpco.ced@juntadeandalucia.es
francisca.cerezo.calero.edu@juntadeandalucia.es
Tfno. 957 001219
Corp. 501219
Área de Apoyo a la Acción Tutorial y
Asesoramiento a la Convivencia Escolar
Antonio Jesús Páez Varona
catutoria.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno. 957 001503
Corp. 501503
Área de Compensación Educativa Francisco López Cosano
cacompensatoria.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Absentismo
absentismo.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno. 957 001245
Corp.: 501245
Tfno: 957736324
Corp: 580324
Área de Necesidades Educativas Especiales Cristina Ruiz Fernández de Córdoba
cristina.ruiz.fer.edu@juntadeandalucia.es
cnaee.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno.:957 001175
Corp.: 501175
Área de Orientación Vocacional y Profesional Raúl Roldán Camacho
raul.roldan.edu@juntadeandalucia.es
caorienta.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno. 957 001506
Corp. 501506
Área de Recursos Técnicos Mª Teresa Acisclos García
mteresa.acisclos.edu@juntadeandalucia.es
carecursos.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno. 957 001504
Corp.: 501504
Gabinete de Convivencia e Igualdad Presentación López Fernández
Miguel Saiz-Pardo Hurtado
gconvivencia.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno.957 001494
Corp: 501494
502189
Unidad Administrativa administracionetpoep.dpco.ced@juntadeandalucia.es
gestionetpoep.dpco.ced@juntadeandalucia.es
Tfno. 957 001180
Corp. 501180

NORMATIVA:

De acuerdo con lo recogido en el art. 16 del Decreto 213/1995, de 12 de septiembre de 1995 (BOJA de 29/11/995), ” en cada Delegación Provincial de la Consejería de Educación existirá un Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional, que dependerá del Jefe de Servicio de Ordenación Educativa para la organización y desarrollo de las funciones que tiene encomendadas”.

El Decreto 39/2003 de 18 de febrero, (BOJA nº 36, de 21 de febrero de 2003), por el que se regula la provisión de los puestos de trabajo de los Equipos de Orientación Educativa adscritos al personal docente y se establecen las funciones de los coordinadores de área de los Equipos Técnicos Provinciales, dedica el CAPÍTULO III a los EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL.

En su artículo 5 (Composición de los Equipos Técnicos Provinciales), establece: “Los Equipos Técnicos Provinciales para la Orientación Educativa y Profesional estarán compuestos por un coordinador provincial, un coordinador del área de orientación vocacional y profesional, un coordinador del área de atención a las necesidades educativas especiales, un coordinador del área de compensación educativa, un coordinador del área de apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre convivencia escolar y un coordinador del área de recursos técnicos“.

El Decreto 213/1995, de 12 de septiembre de 1995 (BOJA de 29/11/1995), por el que se regulan los Equipos de Orientación Educativa,  establece en el artículo 17 las funciones del mismo:

  1. “Colaborar con los servicios de la Consejería de Educación y Ciencia en la planificación, desarrollo y evaluación de las actuaciones de los Equipos de Orientación Educativa y de los Departamentos de Orientación”.
  2. Impulsar y coordinar las actuaciones de los Equipos de Orientación Educativa de la provincia en las diferentes áreas de trabajo y de los Departamentos de Orientación, posibilitando el intercambio de experiencias y la elaboración de materiales y documentos de orientación educativa e intervención psicopedagógica.
  3. Proponer planes de formación permanente para los profesionales de los Equipos de Orientación Educativa y Departamentos de Orientación, en el marco del plan provincial de formación permanente del profesorado, y colaborar en su desarrollo y evaluación.
  4. Determinar las líneas de actuación prioritarias de la provincia en lo relativo a la planificación, desarrollo y evaluación de actuaciones y programas relacionados con las distintas funciones de los Equipos de Orientación Educativa, de acuerdo con las directrices de la Consejería de Educación y Ciencia.
  5. Colaborar con los servicios de la Consejería de Educación y Ciencia en lo relativo a la planificación, educativa de los medios y recursos necesarios para la atención a la diversidad de los alumnos y alumnas, particularmente en el área de las necesidades educativas especiales y de la compensación educativa”.