Si tiene autorización para permanecer en España por un período superior a los 6 meses, debe de presentar SOLICITUD de la Tarjeta de Identidad del Extranjero (T.I.E) en las Oficinas de Extranjería y Comisarías de Policía de la provincia donde colabore.
La documentación necesaria para hacer este trámite se encuentra en las siguientes Instrucciones extracomunitarios. Puede además, puede conocer mejor este trámite en la información de este enlace del gobierno de España.
ASISTENTES LINGÜÍSTICOS DE LA UNIÓN EUROPEA.
En este caso, se debe presentar SOLICITUD del Certificado de Registro de la Unión.
La documentación necesaria para hacer este trámite se encuentra en las siguientes Instrucciones comunitarios. Puede además, conocer mejor este trámite en la información de este enlace del gobierno de España.
2- APERTURA DE UNA CUENTA BANCARIA EN ESPAÑA.
Para la apertura de una cuenta bancaria la persona asistente lingüística hará uso de la carta elaborada desde la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que le proporcionará su centro educativo directamente o en su defecto, se le distribuirá en la Jornada de Acogida y Formación de la provincia.
La información relativa a las personas asistentes lingüísticas del cupo del Ministerio de Educación y Formación Profesional la proporciona el Ministerio directamente a los centros educativos y participantes del programa en dicho cupo.
La obtención del TIE o Certificado de Registro del ciudadano así como la apertura de una cuenta bancaria son dos procesos de vital importancia para la incorporación de los y las asistentes en los centros educativos. Es aconsejable que los coordinadores y las coordinadoras del programa de enseñanza bilingüe se familiaricen con estos procesos para poder ayudar, si fuera necesario, a su asistente lingüístico a navegar estos trámites iniciales.
*La información aquí recogida debe ser siempre comprobada con los órganos competentes en materia de extranjería en España.