R.O.F.

R.O.F.Este documento pretende recoger las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución de un clima adecuado que permita alcanzar los objetivos que nuestro centro se ha propuesto en su proyecto educativo, así como el logro de un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.

  • La Ley 2/2002 Orgánica de Educación, de 3 de mayo, (L.O.E.),  en su artículo 124 establece que los Centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento.

    La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (L.E.A.) en el  artículo 128 y el Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros, (R.O.C.) de Infantil y Primaria, en el artículo 24, regulan el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Centros de Primaria, para que en él se recojan las normas organizativas  y  funcionales  que  faciliten  la  consecución  de un  clima  adecuado  para alcanzar los objetivos que el centro se proponga  y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.

    El  reglamento  de  organización  y  funcionamiento, teniendo  en  cuenta  las características propias del centro, contemplará los siguientes aspectos:

  • Los maestros y maestras, el alumnado y los padres y madres del alumnado integran la comunidad educativa y formarán parte de todos los órganos de gobierno y coordinación docente, y asumirán todos los derechos y obligaciones que le son aplicables a dicha comunidad educativa.

    Las escuelas de Educación Infantil y de Educación Primaria tendrán los siguientes Cauces de Participación:

    1. ALUMNADO:Cauces de participación (Art. 10).

      Constituyen un deber y un derecho del alumnado de educación primaria la participación en el funcionamiento y en la vida del centro a través de los delegados y delegadas de grupo.

      • Delegados y delegadas de clase.

      El alumnado de cada clase de educación primaria elegirá, por sufragio directo y secreto, por mayoría simple, durante el mes de  octubre del curso escolar, un delegado o delegada de clase, así como un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad, de acuerdo con el procedimiento que establezca el reglamento de organización y funcionamiento del centro.

      Las elecciones para Delegados y Subdelegados de cada grupo de alumnos y alumnas serán organizadas y convocadas por La jefatura de estudios, siendo estas ejecutadas por los tutores/as de cada grupo.

      El maestro/a-tutora designará a un alumno o alumna, que hará transitoriamente las veces del mismo hasta que tenga lugar la elección del mismo.

      Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o tutora las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan.

      • Elecciones del delegado y delegada de clase:

      Cualquier alumno o alumna de una clase podrá ser elegido delegado.

      Todos los alumnos tienen derecho a votar y a ser votados.

      El tutor/a de clase, en la segunda quincena de Septiembre, declarará un período de tres días para la presentación de candidaturas, tras la convocatoria por la Jefatura de Estudios. Transcurrido el plazo se abrirá otro de tres días para la campaña de los candidatos. En ausencia de candidatos todo el alumnado del grupo serán candidatos/as, en tal circunstancia, el elegido/a quedará obligado a aceptar el cargo.

      Agotados los plazos se realizará la votación en el aula bajo la presidencia del tutor/a.

      En las papeletas de votos figurarán todas las candidaturas por orden alfabético.

      Cada votante marcará un máximo de dos nombres.

      Las elecciones se hacen por votación secreta entre todos los compañeros de la clase.

      Tras el recuento de votos se declarará Delegado a la candidatura más votada y Subdelegado el siguiente alumno/a con más votos. Los casos de empate se resolverán con una segunda votación. Si ésta persistiera, el Delegado será dirimido por sorteo.

      El resto de candidaturas formarán una lista de suplentes ordenada por el número de votos obtenidos.

      Todas las elecciones  y los ceses serán presididas y ratificadas por el maestro/a-tutor de la clase.

      Las elecciones se llevarán a cabo en la primera quincena del mes de octubre.

      • Funciones del Delegado/a:

      Se elegirán a principios de curso (1 de octubre). Se hará un proceso de reflexión por el tutor sobre sus cualidades.

      El mandato de los delegados se realizará por un curso completo. Se sucederán por género el mayor nº de votos masculino  y femenino.

        • Representará a sus compañeros /as ante el tutor y le comunicará las propuestas de la clase.
        • Actuará de intermediario entre otros profesores y el tutor/a.
        • Mantendrá las normas de clase en los intercambios.
        • Representará a sus compañeros en la junta de delegados y podrá proponer las peticiones de los mismos.
        • Podrá proponer al tutor asuntos o debates en asamblea.
        • Llevará presente el cumplimiento de las responsabilidades asignadas por el tutor a sus compañeros/as.
        • En los pasillos velará porque se guarde silencio y orden.
        • Tendrá el máximo respeto de sus compañeros en el desempeño de su función, siendo una falta grave insultos o amenazas.
        • Colaborar con el tutor, el Equipo educativo y con los órganos de gobierno en el buen funcionamiento del grupo en particular y del Centro en general.
        • Asistir a las reuniones de la Junta de Delegados y participar en sus deliberaciones.
        • Exponer a los maestros/as, tutores/as, Equipo Directivo del Centro y demás Órganos de Gobierno y Coordinación Docente (siempre por este orden), las sugerencias y reclamaciones de su grupo.
        • Fomentar la participación en todas las actividades del Centro, la convivencia y el buen entendimiento entre los alumnos y alumnas de su grupo.
        • Mantener informada a la clase de todas aquellas cuestiones relacionadas con los intereses de la misma.
        • Supervisar el buen uso y mantenimiento del material en el aula. Si se observara cualquier desperfecto o incidencia en el aula lo comunicará al tutor y al personal de Conserjería. Con tal existirá un registro en Secretaría donde deberá ser comunicado y anotado.
        • Mantener el orden en el aula en ausencia del maestro/a.
        • Reunirse con su grupo en los recreos o en cualquier otro momento, siempre que no perturbe el normal desarrollo de la actividad docente, previa información a la Jefatura de Estudios.
        • Canalizar la solicitud y/o el reparto del material que necesite su grupo.
        • Custodiar el parte diario de faltas de asistencia del alumnado, responsabilizándose de su deterioro o pérdida.
        • Colaborar con el profesorado en el cumplimiento de las normas de seguridad en caso de emergencia.
        • Al finalizar la jornada, recordar al grupo la obligación de colocar las sillas sobre las mesas para facilitar la limpieza del aula por el personal de limpieza, así como apagar las luces del aula, bajar las persianas y cerrar las ventanas.
      • El Subdelegado/a.

      Es el alumno o alumna que, junto al Delegado/a, representa a los compañeros de su clase.

      El Subdelegado/a desempeña las funciones del Delegado/a en su ausencia o en caso de renuncia o cese.

      El cargo de Subdelegado/a será elegido y nombrado en el mismo proceso que el Delegado.

      Las funciones del Subdelegado/a:

        • Colaborar con el Delegado/a.
        • Asumir las competencias del Delegado cuando éste no asista a clase.
      • Cese en las funciones.

      El delegado o delegada  o subdelegado/a podrán ser cesados de sus funciones por la Jefatura de Estudios en caso de conducta inapropiada a petición razonada del tutor/a o cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

      Por decisión propia, debidamente justificada.

      Por ser revocados por la mayoría absoluta del alumnado del grupo que los eligió, previo informe razonado dirigido al tutor. En este caso, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones, en un plazo de quince días y de acuerdo con lo establecido.

      Por reiterada negligencia o tras el incumplimiento de sus funciones específicas, a propuesta del tutor o de la jefatura de estudios, previa audiencia del interesado/a. Encargado o encargada en Educación Infantil.

      En Educación Infantil se potenciará la figura del encargado o encargada con el fin de preparar al alumnado para su participación posterior en la vida del Centro.

    2. FAMILIAS:
    3. PROFESORADO:
    4. P.A.S.

     

    1. FAMILIAS

  • Al iniciar la construcción de un sitio Web, es necesario un proceso de reflexión sobre la información que un centro muestra sobre sí mismo en cuanto a las enseñanzas que imparte, profesorado, secretaría, servicios que oferta, ubicación, etc. Es decir, todo aquello que tiene un carácter más o menos general e institucional y que permite al visitante que accede a la Web hacerse una idea del centro, su funcionamiento y sus características principales. Por esta razón, su contenido sería fundamentalmente de tipo estático, ya que la información no precisaría de modificaciones continuas, siendo el concepto Páginas el formato mas aconsejable para su construcción. Las páginas así creadas deben ser organizadas en Menús coherentes y comprensibles para el visitante de la Web.

  • Por otro lado, en todo centro se producen noticias y eventos, asociados a su funcionamiento, cuyo rasgo esencial es el carácter dinámico de la información. Para estos contenidos el formato más apropiado es el de Entradas que, organizadas en Categorías, mantienen a la comunidad educativa informada de la vida del centro y de las actividades, acontecimientos o novedades de interés, posibilitando al mismo tiempo interactuar con los mismos y crear una red social.