EVALUACIÓN
La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua, competencial, formativa, integradora, diferenciada y objetiva según las distintas materias.
El alumnado podrá presentarse a la evaluación extraordinaria de las materias no superadas.
Los alumnos y alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas, o podrán optar, asimismo, por repetir el curso completo.
PROMOCIÓN
El alumnado promociona de primero a segundo de Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo. En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero.
La superación de las materias de segundo curso, estará condicionada a la superación de las correspondientes materias de primer curso indicadas en el siguiente cuadro, por implicar continuidad.
1º Bachillerato | 2º Bachillerato |
Análisis Musical I | Análisis Musical II |
Artes Escénicas I | Artes Escénicas II |
Geología, Biología y Ciencias Ambientales | Biología |
Geología, Biología y Ciencias Ambientales | Geología y Ciencias Ambientales |
Coro y Técnica Vocal I | Coro y Técnica Vocal II |
Dibujo Artístico I | Dibujo Artístico II |
Dibujo Técnico I | Dibujo Técnico II |
Dibujo Técnico I o Dibujo Técnico aplicado a las Artes Plásticas y Diseño I | Dibujo Técnico aplicado a las Artes Plásticas y Diseño II |
Física y Química | Física |
Física y Química | Química |
Griego I | Griego II |
Latín I | Latín II |
Lengua Castellana y Literatura I | Lengua Castellana y Literatura II |
Lengua Extranjera I | Lengua Extranjera II |
Matemáticas I | Matemáticas II |
Matemáticas I o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I | Matemáticas Aplicadas a las ciencias Sociales II |
Tecnología e Ingeniería I | Tecnología e Ingeniería II |
No obstante el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia de primer curso siempre que el profesorado que la imparta considere que reúne las condiciones necesarias para poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo (quedando reflejada tanto en el expediente como en el historial del alumno). Esta decisión se trasladará en la evaluación inicial. En caso contrario, deberá cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, si bien no será computable a efectos de modificar las condiciones en las que ha promocionado a segundo.
Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas o podrán optar, asimismo, por repetir el curso completo.
TÍTULO DE BACHILLER
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato.
Excepcionalmente, el equipo docente podrá decidir la obtención del título de Bachiller por un alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se cumplan
además todas las condiciones siguientes:
1. Que el equipo docente considere que el alumno o la alumna ha alcanzado los objetivos y competencias vinculados a ese título.
2. Que no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada por parte del alumno o la alumna en la materia.
3. Que el alumno o la alumna se haya presentado a las pruebas y realizado las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria.
4. Que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a cinco (en este caso, a efectos del cálculo de la calificación final de la etapa, se considerará la nota numérica obtenida en la materia no superada).
El título de Bachiller será único y se expedirá con expresión de la modalidad o modalidades cursadas y de la nota media obtenida en cada una de ellas. Se calcula teniendo en cuenta todas las materias cursadas. La nota media normalizada excluye la calificación obtenida en Religión o la atención a través del Proyectos transversales de educación en valores.
OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLER DESDE OTRAS ENSEÑANZAS
• Título de Técnico o Técnica en Formación Profesional:
Debe superar las materias comunes y obtendrá el título de bachiller en la Modalidad General.
• Título de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño:
Debe superar las materias comunes y obtendrá el título de bachiller en la Modalidad Artes.
• Superación de la enseñanzas Profesionales de Música o de Danza:
Debe superar las materias comunes y obtendrá el título de bachiller en la Modalidad Artes.
La nota que figurará en el título de Bachiller de este alumnado se deducirá de la siguiente ponderación: el 60 % de la media de las calificaciones obtenidas en las materias comunes del Bachillerato y el 40 % de la nota media obtenida en las enseñanzas mediante las que se accede a la obtención del título
El título de Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior:
• Enseñanza universitaria.
• Enseñanzas artísticas superiores.
• Formación profesional de grado superior.
• Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior.
• Enseñanzas deportivas de grado superior.
Para mayor conocimiento de las equivalencias académicas o profesionales del Título de Bachiller, así como forma de solicitarlo a la Delegación Territorial de Educación correspondiente, véase la web del MEFP “Equivalencias”