Acceso para personas mayores de 45 años.
Las personas mayores de 45 años de edad que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso adaptada, si cumplen o han cumplido dicha edad en el año natural en que se
celebre dicha prueba.
Tendrá como objetivo apreciar la idoneidad de las personas candidatas para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita.
Comprenderá dos ejercicios referidos a los siguientes ámbitos:
a) Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad.
b) Lengua castellana.
Las personas candidatas deberán realizar, además de la prueba de acceso, una entrevista personal. Del resultado de la entrevista deberá elevarse una resolución de apto como condición necesaria para la posterior resolución favorable de acceso.
Convocatoria de la prueba de acceso para personas mayores de 45 años.
Las universidades realizarán anualmente una convocatoria de la prueba.
El acceso se realizará respecto a unas enseñanzas concretas, ofertadas por una universidad determinada. A tal efecto, las personas candidatas podrán realizar la prueba en las universidades de su elección que ofrezcan los estudios que deseen cursar. La superación de la prueba de acceso les permitirá ser admitidas únicamente a las universidades en las que hayan realizado la prueba.
Quienes deseen mejorar la calificación obtenida en la prueba podrán presentarse de nuevo en sucesivas convocatorias en la misma universidad. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que esta sea superior a la anterior.
Calificación de la prueba de acceso para personas mayores de 45 años.
La calificación de la prueba de acceso para personas mayores de 45 años, y de cada uno de sus ejercicios, se realizará por cada universidad. La calificación final vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los ejercicios, calificada de 0 a 10 y expresada con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.
Se entenderá que la persona candidata ha superado la prueba de acceso cuando obtenga una calificación de apto en la entrevista personal, y un mínimo de cinco puntos en la calificación final, no pudiéndose en ningún caso promediar cuando no se obtenga una puntuación mínima de cuatro puntos en cada ejercicio.