Inclusión Régimen Especial

ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA

Resolución conjunta de 2 de marzo de 2023.
El proyecto “Musintégrate”, persigue acercar las enseñanzas elementales básicas de música al alumnado con necesidades educativas especiales, mediante la adaptación de la prueba de aptitud al alumnado solicitante de estas características que pretenda acceder a las enseñanzas elementales básicas de música, así como disponer el número de plazas escolares ofertadas en dichas enseñanzas elementales.
En la Resolución se pueden consultar los centros que tienen autorizada la realización de la prueba de aptitud adaptada y los centros con autorización del número de plazas para quienes superen la prueba.

ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS

El Real Decreto 596/2007, art. 17 establece que en las enseñanzas profesionales de artes plásticas se realizarán adaptaciones en las pruebas para acceder a ellas al alumnado con discapacidad. También se contemplan adaptaciones en la Orden 14-10-2010, así como la posibilidad de acceder a la convocatoria extraordinaria en las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el art. 10.2.

ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES

El Real Decreto 1614/2009, consolidado en 2015, art. 12.2. contempla adaptaciones curriculares. El Decreto 604/2019, en su disposición adicional única regula que se realicen las necesarias adaptaciones del plan de estudios para el alumnado NEAE.
La Orden de 9-2-2022, art. 4.6. “Se reservará un 5% del total de las plazas autorizadas que se oferten anualmente en cada especialidad para el alumnado solicitante cuya discapacidad reconocida sea igual o superior al 33%”.
Art. 9.1.b) Las personas con discapacidad igual o superior al 33% por la Administración Autonómica de Andalucía que precisen de algún tipo de adaptación de tiempo y medios para la realización de la prueba específica de acceso deberán formular la correspondiente petición en el momento de presentar la solicitud.

Más información sobre las enseñanzas artísticas: portal de enseñanzas artísticas.

ENSEÑANZAS DEPORTIVAS

Adaptaciones en estas pruebas para personas con discapacidad (Disposición adicional tercera.2 del Real Decreto 1363/2007, consolidado en 2022): Con el objeto de garantizar la eficacia de la formación y el posterior ejercicio de las competencias profesionales inherentes al título, las Administraciones competentes articularán el mecanismo necesario, con la inclusión de asesores expertos o la petición de informes, para que el tribunal de las pruebas de acceso de carácter específico pueda valorar si el grado de la discapacidad y las limitaciones que lleva aparejadas posibilita cursar con aprovechamiento las enseñanzas, alcanzar las competencias correspondientes al ciclo de que se trate y ejercer la profesión.
Además, en su caso, el tribunal podrá adaptar los requisitos y pruebas de acceso de carácter específico que deban superar los aspirantes que, en todo caso, deberán respetar lo esencial de los objetivos generales fijados en el artículo 3 y los objetivos que para el ciclo y grado de cada título se establezcan en la norma que apruebe el referido título y sus enseñanzas mínimas.