Enseñanzas Profesionales de Música

Reguladas por el DECRETO 241/2007, de 4 de septiembre

Se fundamentan en el estudio de una especialidad instrumental y que tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música, ordenándose en tres funciones básicas: formativa, orientadora y preparatoria para estudios posteriores.

  • Se organizan en un grado de seis cursos académicos.
  • En los dos últimos cursos se podrán establecer distintas modalidades e itinerarios.
  • Hay distintas especialidades. Por Ej: Arpa, Cante flamenco, Canto, Clarinete, Contrabajo, Guitarra, Piano…) En cada una de ellas se cursan asignaturas comunes, propias de cada especialidad y optativas.

Para acceder al primer curso de las enseñanzas profesionales de música será preciso superar una prueba específica de acceso, en la que se valorará la madurez, las aptitudes y los conocimientos para cursar con aprovechamiento las enseñanzas profesionales.

Podrá accederse a cada uno de los cursos de las enseñanzas profesionales de música sin haber cursado los anteriores siempre que, a través de una prueba, la persona aspirante demuestre poseer los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

Regulada por Orden de 16 de abril de 2008. Artículo 4

Solo podrán realizarla los que hayan presentado solicitud de admisión en estas enseñanzas en el plazo establecido y hayan sido admitidos/as a la realización de las pruebas.

La prueba de acceso a 1º curso de estas enseñanzas se celebrará entre el 15 de mayo y el 5 de junio y consta de varios ejercicios.

Interpretación en el instrumento de la especialidad a la que se opte, para todas las especialidades instrumentales y para la especialidad de canto, interpretación de dos obras de diferentes estilos.

Ejercicio para evaluar la capacidad auditiva y conocimientos teóricos y prácticos del lenguaje musical.

La prueba de acceso a un curso distinto del de primero, que se celebrará entre el 1 y el 10 de septiembre,  consta de dos ejercicios:

Interpretación en el instrumento de la especialidad a la que se opte de tres obras de entre las que fije el centro para cada curso.

Ejercicio teórico-práctico para valorar los conocimientos propios del curso al que se pretende acceder.

El límite de permanencia en las enseñanzas profesionales de música será de ocho años. El alumno o la alumna no podrá permanecer más de dos años en el mismo curso, excepto en sexto curso.

Con carácter excepcional (enfermedad grave u otras circunstancias de similar consideración) se podrá ampliar en un año. En cualquier caso, la permanencia en el grado no podrá superar los nueve años.

Los alumnos y las alumnas que superen las Enseñanzas Profesionales de Música obtendrán el Título profesional de música, en el que constará la especialidad cursada.

Los alumnos que finalicen las enseñanzas profesionales de Música obtendrán el Título de Bachiller en su modalidad de Artes si superan las materias comunes del Bachillerato, aunque no haya realizado el Bachillerato de dicha modalidad.

La nota del título en este caso será: 60% Materias comunes de bachillerato y 40% Enseñanzas profesionales de Música.

Puede solicitarse un solo centro y un solo instrumento.

Periodo de solicitud: el comprendido entre el 1 y el 30 de abril de cada año. Secretaría virtual.

El alumnado que cursa enseñanzas elementales básicas o profesionales de música, incluido aquel de enseñanzas profesionales que aun teniendo que realizar pruebas extraordinarias en septiembre los resultados de éstas no condicionen su promoción al curso siguiente, deberá formalizar su matrícula en julio.

Para aquel alumnado cuya promoción al curso siguiente está supeditada a los resultados de las pruebas extraordinarias de septiembre, los centros docentes establecerán un plazo de matrícula extraordinario.

Resolución de 21 de febrero de 2023

Publica listado de IES en los que tendrá prioridad de admisión el alumnado que curse simultáneamente Educación Secundaria y Enseñanzas profesionales de música y danza o el alumnado deportista que siga programas deportivos incluidos en los niveles del Deporte de Rendimiento de Andalucía, deportistas de alto nivel o alto rendimiento en otras comunidades autónomas, así como las personas que dispongan de licencia deportiva en vigor en cualquier Sociedad Anónima Deportiva en Andalucía que compita en la máxima categoría nacional.

Plazas escolares vacantes en el portal de escolarización y mientras está abierto el procedimiento de admisión en  secretaría virtual/consultas/conservatorios.