Bonificaciones Comedor y Aula Matinal
1-7 de septiembre: solicitud de bonificaciones mediante el anexo V de la orden de 17 de abril de 2017 (modificado en el anexo II de la Orden de 27 de marzo de 2019).
Pueden entregar la solicitud en el centro o por medios telemáticos. En este último caso no se olviden adjuntar la firma autorizando el cruce de datos con la agencia tributaria.
Anexo V solicitud bonificación
Enlace a trámite telemático de Solicitud de bonificación
• TODO USUARIO QUE TENGA GARANTIZADA LA GRATUIDAD DE SERVICIO DEBERÁ SOLICITAR LA GRATUIDAD/BONIFICACIÓN DEL MISMO DEL 1 AL 7 DE SEPTIEMBRE. Es el mismo en ambos casos, y es OBLIGATORIO, A EXCEPCIÓN DE LOS USUARIOS del Plan PRAI (SYGA), a los que se les aplicará automáticamente una bonificación del 100% en el comedor escolar. Es obligatorio presentar Anexo V (solicitud de gratuidad/bonificación) para tener derecho a la misma, si el alumnado SYGA no presentara dicha solicitud, solo se le bonificará el comedor, no el resto de servicios.
A partir del 3 de octubre: comunicación a los solicitantes por parte de la dirección del centro de las bonificaciones e incidencias de las solicitudes, con indicación del plazo de alegaciones mediante la publicación en el tablón de anuncios del centro del “ LISTADO DE BONIFICACIONES PROVISIONALES ” .
Se podrá consultar de forma telemática en la Secretaría Virtual de los centros docentes (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/).
El plazo de alegaciones será de diez días hábiles, ante la dirección del centro. Se desestimarán todas las alegaciones que se realicen fuera de los plazos establecidos.
A partir del 20 de octubre: comunicación individualizada de las bonificaciones otorgadas por resolución de la persona titular de la Delegación Territorial.
El plazo del recurso de reposición será de un mes, a partir de la fecha de notificación, ante la persona titular de la Delegación Territorial.
Los admitidos en septiembre que estuviesen en el listado de suplentes tendrán 3 días para entregar la solicitud de bonificación una vez se les comunique la admisión.
Quiénes soliciten los servicios a partir de septiembre deben entregar la solicitud de bonificación junto con la solicitud de admisión.
Para la adquisición de la condición de usuarios el alumnado ha debido ser admitido y estar al corriente de pago de
todos los servicios del curso anterior.
Para el alumnado garantizado. Si a lo largo del curso, se presentaran nuevas solicitudes o cambiara la situación de los anteriores solicitantes para convertirse en alumnado garantizado, serán admitidos y declarados usuarios, con prioridad frente al alumnado suplente.
La documentación acreditativa de las nuevas situaciones debe ser la misma que en el proceso ordinario, actualizada y vigente a fecha de su incorporación al servicio solicitado.
Los supuestos del alumnado garantizado tanto en aula matinal como en comedor están recogidos en el articulo 11.2 y el 15.2 del decreto 6/2017 de 16 de enero que regula los servicios complementarios.
Un saludo.