Servicios Complementarios (Aula Matinal y Comedor Escolar)

  • Calendario Solicitudes de Admisión en los Servicios Complementarios de Aula Matinal y Comedor en nuestro centro para el curso 2022/2023:

Calendario BOJA solicitud servicios complementarios

  • INFORMACIÓN, IMPRESOS Y DOCUMENTACIÓN en los siguientes  documentos y enlaces:

23 24 Info Familias Servicios Complementarios

Enlace a documentos de gestión

  • INFORMACIÓN SOBRE LOS SERVICIOS:

Se regirán por lo establecido en la normativa siguiente:

Procedimiento de admisión en los servicios.

Anualmente se publica en BOJA el calendario del procedimiento de admisión por Resolución de la DGPCEC. 

Los servicios deberán ser solicitados por las personas que ejerzan la guarda y custodia del alumnado en los centros docentes públicos que oferten alguno de los servicios según las fechas establecidas en la Resolución correspondiente.

De acuerdo con el artículo 18.2 de la Orden de 17 de abril de 2017, la solicitud de admisión será única, por lo que no está permitido presentar más de una solicitud por persona y servicio complementario para el mismo curso escolar. Esta solicitud debe presentarse en el centro que tiene autorizado el servicio, es decir, donde el alumnado está matriculado, aunque este pueda prestarse en otro centro (centros asociados).

La admisión en los servicios complementarios podrá solicitarse telemáticamente a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/). La solicitud de admisión en los servicios complementarios podrá realizarse con el sobre electrónico de matrícula durante los plazos de matriculación establecidos para las enseñanzas de Régimen General.

Una vez admitido el alumnado que tiene garantía en la admisión en los servicios, si resultaran plazas vacantes, los criterios de prioridad serán:

  • Solicitudes en las que uno de los dos guardadores realice una actividad laboral remunerada o curse estudios conducentes a una titulación oficial y justifique la imposibilidad de atenderlo en el horario establecido para la prestación del servicio.
  • Las solicitudes que incluyan todos los días lectivos.
  • Resto.

Dentro de cada criterio se priorizará al alumnado usuario del servicio en el curso anterior, al alumnado de menor edad y, si hubiera empate, se atenderá al resultado del sorteo público realizado para el proceso de escolarización.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Orden de 17 de abril de 2017, el centro publicará las resoluciones provisional y definitiva. El Consejo Escolar deberá resolver por acuerdo la admisión provisional, en aquellos casos en que no hubiese plazas suficientes, así como la admisión definitiva en todos los casos.

El consejo escolar delegará la resolución provisional y definitiva de admitidos y suplentes de los servicios complementarios en la comisión permanente, así como la resolución de las alegaciones presentadas al órgano

Se podrá consultar la admisión en los servicios solicitados (listados provisional y definitivo) en la Secretaría Virtual de los Centros Educativos, con independencia de lo establecido en la Orden de 17 de abril de 2017.

Las personas interesadas dispondrán del plazo indicado en la Resolución del correspondiente año para presentar las oportunas alegaciones a la resolución provisional.

Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva. Recordamos que, según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “no se tendrán en cuenta en la resolución de los recursos, hechos, documentos o alegaciones del recurrente, cuando habiendo podido aportarlos en el trámite de alegaciones no lo haya hecho”.

Si a lo largo del curso se presentaran nuevas solicitudes, el alumnado será admitido y declarado usuario siempre que se disponga de plazas vacantes. En el caso de alumnado garantizado, será admitido y declarado usuario aunque no se disponga de plazas vacantes, con prioridad frente al alumnado suplente.

En todo caso la documentación acreditativa de las nuevas situaciones debe ser la misma que en el proceso ordinario.

Deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial aquella documentación que puedan aportar las familias en algún idioma extranjero.

Para ser declarado usuario el alumnado deberá estar al corriente del pago de todos los recibos del curso anterior. Los usuarios pueden causar baja en los servicios por impago de dos recibos, por no utilizarlos durante cinco días consecutivos sin causa justificada o en los casos que se prevean en el ROF, previa comunicación a los guardadores, con plazo de alegaciones y resolución de la persona que ejerce la dirección.

Las solicitudes de los servicios complementarios se podrán entregar en el plazo que la resolución correspondiente indique. Para ello se usará el Anexo Solicitud de Servicios Complementarios o telemáticamente en la web de la Consejería de Educación. Durante el curso también se pueden realizar solicitudes de admisión de forma presencial.

Las solicitudes han de ir acompañadas con la documentación justificativa de la situación declarada. Esta documentación ha de estar firmada con fecha dentro del plazo del procedimiento y mantener su vigencia hasta la finalización de dicho proceso.

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Conforme al artículo 22 de la Orden de 17 de abril de 2017, el alumnado causará baja en el servicio público de comedor escolar cuando se produzca el impago de dos recibos o cuando no se utilice el servicio durante cinco días consecutivos sin causa justificada, o en los supuestos que así se prevean en el ROF del centro, previa comunicación de la persona que ejerza la dirección del centro a los guardadores del alumnado, concediéndoles un plazo de diez días para presentar las alegaciones que estimen oportunas.

 

Servicio de comedor escolar.

Consideraciones generales:

El servicio de comedor se ofrece a través de cocina central mediante el sistema de cocina tradicional refrigerada (descripción del proceso descrito en el pliego de prescripciones técnicas).

La empresa adjudicataria que ofrece el servicio en nuestro centro es Aramark. Toda la información de la empresa relacionada con nuestro servicio se puede encontrar en la web del centro.

La empresa adjudicataria tiene a disposición de los usuarios un canal de comunicación directo y ágil con las familias mediante la disposición de una aplicación móvil, una APP con visibilidad en IOS y Android, gratuita para las familias,confidencial en el uso de datos de carácter personal de los usuarios, que permite acceder fácilmente a los contenidos relacionados con el comedor escolar (menús, preavisos, bajas, etc.), proporcionando a los usuarios la capacidad de enviar comentarios instantáneos (consultas, reclamaciones, quejas, etc.). Esta APP se llama “EL GUSTO DE CRECER”.

El servicio de comedor escolar se desarrolla de 14:00 a 16:00 h los días lectivos del curso escolar, con el número máximo de comensales y turnos autorizados por la Dirección General competente, y que serán publicados junto con la oferta educativa del centro en el periodo de escolarización ordinario.

Las funciones del responsable del comedor, cocinero y cuidadores aparecen en el referido pliego. Los cuidadores tendrán especial cuidado con el alumnado de infantil, sobre todo en las entradas y salidas del local de comedor de 14:00 a 14:10 h. aproximadamente, en el que las puertas del centro estarán abiertas, pasando gran parte del alumnado junto a la puerta del comedor hacia la salida.

Dietas

La empresa adjudicataria ofrecerá menús alternativos para aquellos comensales por prescripción médica. La empresa atenderá como mínimo las dietas especiales que a continuación se enumeran:

  • Astringente
  • Celiaquía
  • Intolerancia a la lactosa
  • Alergia al pescado y/o marisco
  • Alergia a las leguminosas
  • Alergia al huevo
  • Necesidades derivadas de la interacción de las dietas especiales descritas para alergias/intolerancias. Ejemplos: Alergia a pescados y huevo. Alergia a leguminosas e intolerancia a la lactosa.
  • Otras descritas en informe médico completo.

Las familias, cada año, junto con la solicitud de comedor, entregarán a la atención de la dirección del centro, informe médico en el caso de que su hijo/a precisara alguna dieta especial. En el caso de que la necesidad de dieta se produjese después de realizada la solicitud, la familia entregará el documento médico lo antes posible, igualmente, a la atención de la dirección del centro.

Actividades para los tiempos de ocio que preceden a la comida o posteriores a ella.

El comedor escolar es un servicio educativo complementario a la actividad del centro docente, que contribuye a favorecer la salud en el proceso de crecimiento de los escolares, fomenta el compañerismo y las actitudes de respeto y tolerancia, desarrollando hábitos y actitudes saludables en el alumnado en relación con la nutrición.

Asimismo facilita la integración de aquellos colectivos socialmente más desfavorecidos y contribuye a la conciliación familiar. Como consecuencia, una de las finalidades que debe cumplir el comedor escolar es, la atención del alumnado tanto en el tiempo destinado al almuerzo como en el inmediatamente anterior y posterior al mismo.

Se llevará a cabo un programa pedagógico en el que el alumnado aprenda los beneficios de una alimentación saludable y la importancia de realizar actividad física a través de actividades lúdicas y de divulgación, como elementos clave para la prevención de la obesidad infantil.

En el desarrollo de la actividad del comedor, la actuación del personal se centrará en los siguientes aspectos educativos y operativos:

  • Poner en práctica normas higiénicas y sanitarias
  • Iniciar a los niño/as en gustos variados y en la ingesta de todo tipo de alimentos consiguiendo que prueben todos los alimentos.
  • Conseguir que los niño/as aprendan a utilizar los cubiertos para poder adquirir cierta autonomía a la hora de comer (Infantil: tenedor y cuchara; Primaria: cuchillo).
  • Habituar a los niño/as a que se laven las manos antes y después de la comida.
  • Enseñar correctos modos de cepillado dental
  • Mantener posturas correctas en la mesa
  • Educar para mantener orden al entrar y salir del comedor.
  • Despertar en los alumnos el espíritu de cooperación, implicándolos según sus posibilidades en tareas de ayuda a los más pequeños.
  • Mantener un talante respetuoso y cordial entre todas las personas que hacen uso del Comedor.
  • Lograr un comportamiento correcto en la mesa.
  • Lograr un ambiente sin mucho ruido, evitando gritos y dialogando de forma distendida.
  • Cuidar y respetar los locales, mobiliarios, enseres y utensilios de uso comunitario
  • En cuanto a los contenidos de las actividades a desarrollar en los períodos anterior y posterior a la ingesta, el objetivo es trabajar los hábitos saludables de manera lúdica organizando actividades físico-deportivas, lúdicas, artísticas y de expresión.

Las propuestas de actividades distinguirán el alumnado por grupos de edad o etapas educativas (infantil y primaria).

Después de la comida y hasta la hora en que son recogidos por los padres o el momento de su incorporación a las actividades extraescolares que se realicen a partir de las 16:00 horas, el alumnado participará en las actividades entre las que podrán figurar:

  • Deportivas y juegos de exterior que no requieran un excesivo esfuerzo.
  • Audiciones musicales, aprendizaje de canciones, danzas…
  • Juegos de mesas; ajedrez, parchís, oca, damas…
  • Lectura o trabajo personal.

Mecanismos de participación de la comunidad educativa.

En aquellos casos en los que se determinara por parte del Consejo Escolar del centro o haya sido ofertado por la empresa donde se presta el servicio de comedor escolar la creación de grupos o comisiones de seguimiento y evaluación mensual del servicio, la adjudicataria deberá establecer los mecanismos necesarios para hacer efectiva esta participación. 

En ese sentido, este grupo o comisión de seguimiento estará integrado por un representante de la dirección del centro, un representante de la AMPA y un representante de la empresa y con carácter mensual, se reunirán dejando constancia formal de las deliberaciones en un acta.

Usuarios de comedor escolar.

La utilización de este servicio podrá solicitarse por meses completos o para días concretos de la semana, ejerciéndose la opción que se desee al presentar la solicitud del servicio. No obstante, para dicha utilización es necesaria la asistencia a las actividades lectivas del día.

Podrán tener exclusivamente la condición de usuarios del comedor escolar los siguientes:

  • Los alumnos de centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte.
  • El personal docente y no docente vinculado al centro que estén autorizados para el uso del servicio público por la Dirección del Centro.
  • La persona que ejerza la dirección o la secretaría del centro que ejerzan las funciones de control y coordinación del servicio.

Baja en el Servicio y cambios en el patŕon de asistencia.

Conforme al artículo 8.5 de la Orden de 17 de abril de 2017, la solicitud de baja en el servicio público de comedor escolar, se comunicará con una antelación de, al menos, una semana del inicio del mes en que se pretenda hacer efectiva la baja. Para ello las familias deben rellenar y entregar el Anexo Solicitud de Baja en los Servicios Complementarios.

La opción inicialmente elegida podrá modificarse a lo largo del curso, lo que se comunicará en el plazo mencionado anteriormente, mediante la entrega del Anexo Solicitud de Cambio de Patrón de Asistencia.

Conforme al artículo 22 de la Orden de 17 de abril de 2017, el alumnado causará baja en el servicio público de comedor escolar cuando se produzca el impago de dos recibos o cuando no se utilice el servicio durante cinco días consecutivos sin causa justificada, o en los supuestos que así se prevean en el ROF del centro, previa comunicación de la persona que ejerza la dirección del centro a los guardadores del alumnado, concediéndoles un plazo de diez días para presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Coste del servicio.

Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo de 27 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se revisan las cuantías de los precios públicos de los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos de Andalucía, establecidos en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de marzo de 2018, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía.

Aviso de ausencias.

Los usuarios del comedor abonarán por anticipado la mensualidad correspondiente del precio establecido del servicio público de comedor a la adjudicataria, reducido en su caso por la bonificación total o parcial autorizada por la Consejería de Educación y Deporte. Sólo el alumnado que haya abonado la parte que le corresponda del servicio público de comedor tendrá derecho al mismo.

Los usuarios avisarán de sus ausencias del comedor a la empresa adjudicataria con una antelación mínima de tres días, mediante la aplicación móvil “EL GUSTO DE CRECER”, sin coste económico alguno para el usuario.

La empresa comunicará, cada año, otros canales de comunicación que las familias puedan usar para trasladar la comunicación y el aviso fehaciente de la no asistencia de los usuarios.

Sin menoscabo de lo indicado en el apartado anterior, será posible la anulación del servicio durante cualquier día de la prestación siempre que la anulación quede acreditada por la asistencia del usuario a consulta médica.

Se considerará suficientemente justificada este tipo de ausencia con la presentación a la empresa de cualquiera de los documentos siguientes, en un plazo no superior a 5 días lectivos desde que se produjo la ausencia:

– Informe de asistencia a consulta. (que servirá como justifcante de varios días de ausencia, siempre que en el mismo se prescriban los días de convalecencia previstos).

– Justificante de acceso a demanda de asistencia.

Cobro del servicio público.

El cobro del servicio público a los usuarios habituales con o sin ayuda parcial se realizará por parte de la empresa por anticipado mediante domiciliación bancaria en el número de cuenta que faciliten los padres, madres o tutores del usuario del servicio público.

El importe que se pasará a los usuarios habituales sin ayuda parcial será el resultado del producto de la tarifa por el número de días lectivos previstos para el mes siguiente. Los usuarios habituales sin ayuda parcial que hubieren anulado el servicio público para uno o varios días tendrán derecho al descuento correspondiente al producto de la tarifa/día por menú aprobada por la Administración por el número de días que se ha realizado la anulación en el cargo del mes siguiente al de la anulación.

El importe que se pasará al cargo a los usuarios habituales con ayuda parcial será el resultado del producto de la tarifa por el número de días lectivos previstos para el mes siguiente y su cálculo se realizará reduciendo el porcentaje correspondiente a cada usuario la bonificación que le sea concedida y aplicando el régimen de anulaciones o avisos de ausencia al servicio público descritos.

El cobro del servicio público a los usuarios esporádicos se realizará mediante domiciliación bancaria en el número de cuenta que faciliten los padres o tutores del usuario del servicio público o mediante un ingreso en el número de cuenta que designe la adjudicataria.

Pérdida de la condición de usuario

Para la adquisición de la condición de usuario, el alumnado admitido deberá estar al corriente del pago de todos los recibos del servicio público del curso escolar anterior.

De conformidad con el artículo 22 de la Orden de 17 de abril de 2017, el alumnado causará baja en el servicio público de comedor escolar cuando se produzca el impago de dos recibos o cuando no se utilice el servicio durante cinco días consecutivos sin causa justificada, o en los supuestos que así se prevean en el ROF del centro, previa comunicación de la persona que ejerza la dirección del centro a los guardadores del alumnado, concediéndoles un plazo de diez días para presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Protocolo de recepción y entrega de los usuarios del servicio

Todos los trabajadores de la adjudicataria estarán obligados a velar por laseguridad del alumnado durante el servicio de comedor escolar, aplicando el siguiente protocolo de recepción y entrega de alumnos, sin menoscabo de las competencias en la organización y funcionamiento de los procesos que se lleven a cabo en el centro y que reconoce la Ley a la dirección de los centros escolares públicos.

Datos de los usuarios.

La dirección del centro facilitará y mantendrá actualizada a la empresa la siguiente información:

– Relación de alumnos autorizados al servicio de comedor.

– Relación de alumnos autorizados a las actividades extraescolares en el centro, tras el servicio de

comedor.

– Relación de tutores o personas autorizadas expresamente por aquellos (nombre, apellidos, DNI y

teléfono de contacto) para recoger a cada alumno usuario del servicio de comedor.

Entrada de comensales.

La recepción de los usuarios del comedor en coordinación con la dirección del centro será:

– Para el alumnado de infantil, serán los monitores, previamente informados de las incidencias de su grupo, los responsables de recoger y trasladar a los usuarios de las aulas a las instalaciones del comedor, tras comprobar su correspondencia con el listado. El alumnado de infantil usuario de comedor estará a cargo de un maestro/a del ciclo de infantil en una zona próxima a la puerta de comedor, a la espera de que los monitores de comedor los recoja y traslade.

– Para los usuarios de primaria la recepción será junto a la puerta Sur del Edificio Secundario, y los días de lluvia en el Hall de Entrada del Edificio Principal, correspondiendo al responsable del comedor la comprobación de la asistencia con el listado.

Control de Acceso

Los responsables de comedor y los cuidadores serán los encargados del control de los accesos para que se realice de forma efectiva, vigilando accesos y realizando la entrega del alumnado, dirigiéndose directamente a las personas autorizadas y sin que permanezcan solos en ningún momento.

No se realizarán entregas de ningún usuario del comedor a una persona distinta de los padres, tutores, o representantes legales que no figure en el listado inicial entregado por la Dirección, sin previa comunicación expresa autorizándolo.

En el caso de que los representantes legales del alumno/a realice cambios al listado inicial de personas autorizadas a la recogida, deberán realizar estos a través de la aplicación iPasen y comunicar estos cambios también a la responsable del servicio de comedor.

El alumnado autorizado a las actividades extraescolares en el centro será entregado al monitor/a responsable del servicio que se prestará tras el comedor.

Desde la apertura hasta su cierre, siempre habrá presente personal de la empresa controlando la entrega de los niños a las personas autorizadas.

Horario de recogida del alumnado

Las familias podrán recoger al alumnado una vez finalizado el turno de comida del alumno. Se podrá recoger en otro horario previo aviso, y de forma justificada avisando durante el propio servicio. Para cualquier emergencia pueden llamar al 955622669 (teléfono del centro) o al número que la empresa indique. En cualquier caso se debe recoger al alumnado antes de las 16:00 h.

Acceso al interior del centro

Los padres o tutores seguirán las instrucciones del personal del servicio, bien permaneciendo en la puerta de acceso al centro, o bien en la puerta de acceso a los edificios. En ningún momento los padres podrán entrar en las instalaciones del comedor para recoger a sus hijos. No estará autorizado el acceso al interior de las instalaciones de cocina y comedor por razones sanitarias e higiénicas, salvo en determinadas excepciones, como podrá ser alguna visita autorizada por la dirección del centro.

Protocolo por ausencia de tutores en recogida

Si superadas las 16:00 horas, algún usuario no hubiese sido recogido por la persona que consta como autorizada, las medidas a adoptar serán:

En primer lugar el Responsable del Servicio de Comedor deberá llamar a los teléfonos de contacto proporcionados en la ficha de inscripción del padre, la madre o persona autorizada para comunicar tal incidencia.

En el caso de no poder contactar con estos, se procederá a llamar a la dirección del centro o cualquier miembro del equipo directivo para comunicarle la incidencia, y se seguirán sus indicaciones.

Si no es posible el contacto con la dirección o algún miembro del equipo directivo, el Responsable del Comedor intentará contactar con el padre, madre o alguna persona autorizada para la recogida del alumno hasta las 14:10 h. Si no lo consigue contactará con la Policía Local para que localice a algún adulto responsable. Posteriormente se comunicará por escrito a la dirección del centro el suceso, elaborando un informe con la descripción de los hechos.

En cualquier caso, el alumnado que no haya sido recogido, deberá permanecer en un espacio adecuado del centro mientras se espera su recogida, acompañados y vigilados en todo momento por el Responsable del Servicio de Comedor.

Derechos y Deberes del alumnado

  • El alumnado ha de cuidar la higiene personal, lavándose convenientemente, al menos, las manos antes de entrar al comedor.
  • Los desplazamientos a los servicios para lavarse las manos, hacia el comedor, y hacia los demás espacios del centro, se realizarán andando.
  • Se accederá al comedor andando, y se ocupará el lugar que los monitores encargados le hayan asignado.
  • Los desplazamientos dentro del comedor se realizarán igualmente andando, sin ningún tipo de brusquedad, juego, etc.
  • Los monitores servirán el primer plato.
  • Se comerá de forma relajada, en una posición correcta, respetando a los demás compañeros, sin molestar, y se dirigirán a cualquier persona de forma correcta, con educación, pidiendo las cosas por favor, y/o con tono respetuoso.
  • Cuando el alumnado de primaria termine el primer plato levantará la mano, y esperará a que el monitor responsable le de permiso para levantarse. A continuación tirarán los desperdicios y colocarán el plato en el mostrador (los platos sucios serán recogidos por los monitores de cocina).
  • Para el alumnado de infantil los monitores serán los encargados de recoger los platos de las mesas.
  • Los monitores servirán el segundo plato y los postres a todo el alumnado.
  • Cada semana habrá un responsable de la mesa, que se encargará de que se cumplan las normas del comedor por todo el alumnado que haya en ella.
  • Una vez concluido el almuerzo los monitores serán quiénes concedan el permiso para abandonarlo, e indiquen a dónde tienen que ir.
  • Las actividades posteriores a la comida siempre serán de baja intensidad física, evitándose aquellas que supongan un gran esfuerzo.
  • El alumnado tendrá un menú variado y equilibrado compuesto por agua, pan, primer y segundo plato y postre
  • Todos los usuarios serán informados de las normas del comedor.
  • Cuando las normas no se cumplan se emitirá un parte de incidencias, que será comunicado a las familias y a la dirección del centro educativo. La repetición de faltas leves y las faltas graves serán comunicadas a la comisión de convivencia y al consejo escolar del centro, proponiéndose en su caso, la baja del servicio durante un tiempo determinado, en función de la gravedad de la falta cometida.
  • El alumnado tratará a los monitores con respeto y educación, y serán tratados de igual manera, observando y cumpliendo las indicaciones de todo el personal del servicio y la organización de este.
  • Estas normas son complementarias a las establecidas en la normativa vigente.

Derechos y deberes de los monitores de comedor

  • Los tutores llevarán al alumnado de comedor hasta el Hall de entrada donde esperarán los monitores para su recogida.
  • Han de asegurarse que todo el alumnado tiene las manos lavadas antes de entrar al comedo,r y que deben desplazarse andando.
  • Recordarán las normas básicas del comedor (respeto, corrección al sentarse, tranquilidad, buena educación, etc.).
  • Les servirán los distintos platos a todo el alumnado, y deberán ayudar, en su caso, al alumnado que lo necesite a pelar y/o cortar aquellos alimentos que sean necesarios, como filetes, fruta, etc.
  • Una vez que el alumnado ha terminado de comer, vigilarán que realicen las actividades adecuadas en el tiempo distinto al de la comida.
  • Entregarán un informe a las familias del alumnado cuyo comportamiento no sea el adecuado, e informarán puntualmente de las incidencias por mal comportamiento.
  • Entregarán a las familias, igualmente, un informe del alumnado que no coma adecuadamente, e informarán puntualmente de las incidencias en este sentido.

Derechos y deberes de los monitores de cocina

  • Colocarán el menaje adecuado cada día.
  • Servirán las comidas en el mostrador.
  • Una vez hayan terminado los alumnos de comer, recogerán los desperdicios de las mesas, las limpiarán, barrerán el suelo y lo fregarán al final del día.
  • Limpiarán y colocarán el menaje en su lugar correspondiente.

Derechos y deberes de los padres y madres

  • Deben entregar rellenar en iPasen las personas autorizadas a recoger a sus hijos/as, y si cualquier cambio durante el curso deben registrarlo en la aplicación y comunicarla al servicio de comedor.
  • Para la recogida del alumnado se estará a lo dispuesto en el apartado “Horario de recogida del alumnado”.
  • Deben colaborar con el centro para que el alumnado respete y cumpla con las normas del comedor y los valores educativos que se quieren transmitir (respeto, alimentación equilibrada y variada, responsabilidad, respeto por el tiempo de digestión, etc.).
  • A la hora de recoger al alumnado ha de evitarse entretener a los monitores, ya que pueden perjudicar las labores que se le tienen asignadas.
  • Deben comunicar por escrito al centro cualquier incidencia que sobre la alimentación de sus hijos (alergias, intolerancias, etc.).
  • Deben comunicar por escrito la solicitud de baja en el servicio a la dirección del centro, antes de la última semana del mes anterior al que quiera hacer la baja efectiva.
  • Los padres conocerán el menú mensual para una mejor distribución de la dieta diaria, que es complementada en casa.
  • Tendrán información por escrito de sus hijos cuando éstos tengan alguna incidencia importante con la comida o con el comportamiento.
  • Las altas y bajas se deben realizar en Secretaría según la normativa vigente.

 

Organización de la entrega del alumnado al servicio de comedor.

Organización de la entrega del alumnado de infantil

  • El profesorado de infantil se encargará de que el alumnado de comedor se lave las manos minutos antes de las 14:00 h.
  • Preferentemente será la maestra de apoyo de infantil la que esperará, unos minutos antes de las 2, cerca de la puerta del comedor, a que el profesorado de infantil le entregue al alumnado que usará el servicio.
  • Si el profesor de apoyo de infantil no estuviera, la jefatura de estudios o dirección designaría a un profesor responsable, y si aún así no hubiere nadie, se entregaría al alumnado a sus familias y después se llevaría al alumnado de comedor a la puerta del servicio.
  • El alumnado se entrega al monitor/a de comedor para que accedan dentro, suelten las mochilas en el lugar correspondiente, y comiencen a comer.

Organización de la entrega del alumnado de primaria

  • El profesorado que esté con el alumnado en el último módulo horario se dirigirá con ellos hacia el exterior del edificio. Junto a la puerta de acceso al edificio secundario debe estar esperando un monitor/a del servicio de comedor. El profesorado entregará al alumnado del servicio a este monitor. Los días de lluvia, frío intenso, viento, etc., el monitor/a esperará al alumnado en el Hall de entrada del edificio principal.
  • Los tutores/as recibirán la comunicación de las familias, a través de iPasen preferentemente, de los cambios puntuales en la ausencia/asistencia del alumnado al servicio de comedor, y de la dirección del centro si el cambio es en el patrón de asistencia respecto de la elección inicial. Los tutores/as, o en su caso, el personal que lo sustituya, anotará en la plantilla con el listado del alumnado de comedor, dichas asistencias/ausencias para conocimiento de todo el personal docente a cargo del alumnado, sobre todo de los que están con los alumnos en el último módulo horario.

 

Servicio de aula matinal

El servicio de aula matinal se desarrollará de 7:30 a 9:00 h.

Para entregar al alumno a los responsables del servicio se llamará al teléfono 955622669 o, en su caso, en el teléfono que la empresa adjudicataria indique, para que los monitores acudan a abrir las puertas.

Las familias no podrán acceder al recinto escolar sin la autorización de los monitores.

El uso de este servicio podrá solicitarse por parte de las familias para días determinados o con carácter continuado, ejerciéndose la opción que se desee al presentar la solicitud del mismo mediante el Anexo Solicitud de Servicios Complementarios.

La solicitud de baja o modificación de la opción inicialmente elegida en el servicio de aula matinal se comunicará a la persona que ejerce la dirección del centro docente antes del último día lectivo de la semana anterior a aquella en la que se pretenda hacer efectiva la baja o modificación, mediante el Anexo Solicitud de Baja o Anexo Solicitud de Modificación del Patrón de Asistencia respectivamente.

 

Bonificaciones.

El plazo ordinario de solicitud de bonificaciones es del 1 al 7 de septiembre mediante el Anexo Solicitud de Bonificación.

El alumnado suplente en cada uno de los servicios complementarios, en caso de resultar admitido, tendrá un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de admisión para solicitar, en su caso, la bonificación/gratuidad que pudiera corresponderle. En el caso de solicitudes de admisión en los servicios complementarios presentadas a lo largo del curso, la bonificación/gratuidad deberá solicitarse conjuntamente con aquella,

Las solicitudes de bonificación/gratuidad podrán realizarse telemáticamente a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos.

Las bonificaciones provisionales serán comunicadas a los interesados a través del tablón de anuncios del centro, abriéndose con su publicación un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones.

En este listado se asignará bonificación 0 a todas las solicitudes que presenten incidencias.

El plazo de alegaciones será de diez días hábiles, ante la dirección del centro. Todas las alegaciones que se reciban fuera de plazo serán desestimadas.

Las bonificaciones definitivas serán notificadas fehacientemente a los guardadores. Se notificarán a las familias preferentemente a través del documento de Notificación de bonificaciones individualizadas para los usuarios de servicios del centro enviándolo al Punto de recogida de iPasen.

Todo usuario que tenga garantizada la gratuidad de servicio deberá solicitar la gratuidad/bonificación del mismo en septiembre. este trámite es obligatorio, a excepción de los usuarios del Plan PRAI (SYGA), a los que se les aplicará automáticamente una bonificación del 100% en el comedor escolar una vez marcada esta circunstancia, con independencia de la bonificación que podría corresponderles en otros servicios complementarios en caso de presentar la correspondiente solicitud de bonificación. La bonificación del 100% únicamente se aplicará al servicio de comedor escolar, no al resto de servicios.

La comunicación individualizada de las bonificaciones definitivas se harán al punto de recogida de la aplicación iPasen, otorgadas por resolución de la persona titular de la Delegación Territorial. El plazo del recurso de reposición será de un mes, a partir de la fecha de notificación, ante la persona titular de la Delegación Territorial.

A efectos de las bonificaciones, la unidad familiar es la compuesta por una o varias personas que convivan en el mismo domicilio, acreditando dicha circunstancia mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, y se encuentren relacionadas entre sí por vínculo de matrimonio o unión de hecho, parentesco hasta el segundo grado o adopción. Por defecto se presupone constituida por los padres y los hijos, debiendo justificarse documentalmente la inclusión de otras personas.

La relación de parentesco se computará a partir de los usuarios de los servicios.

Las bonificaciones provisionales y definitivas estarán disponibles para su consulta telemática en la Secretaría Virtual de Centros Educativos.

En caso de producirse un traslado de centro el importe de la bonificación se trasladará, de forma automática, al centro de destino, por lo que no deberá grabarse ninguna nueva solicitud de bonificación en dicho centro.

Tienen más información en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/comedor-escolar