ll Plan Estratégico de Igualdad de Género en Educación (2016/2021)
Hola a todos y a todas!!
Me dispongo a informaros un poquito sobre el ll Plan Estratégico de Igualdad de Género en Educación, en el cual se basa el Proyecto Coeducativo de nuestro centro.
Comenzaré con algunas reseñas legislativas.
En nuestra Comunidad Autónoma, la Igualdad de Género en Andalucía, están reguladas por las siguientes leyes:
- Ley 12/2007 de 26 de noviembre, Promoción de Igualdad de género en Andalucía.
- Ley 13/2007 de 26 de noviembre, De medidas de prevención integral contra la Violencia de Género de Andalucía.
- La Ley 2/2014 de 8 de julio, De la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía. Esta ley tiene por objeto establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho a la autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género distinta a la asignada al nacer. Nace así el ll Plan Estratégico de Igualdad de Género.
El II Plan Estratégico de Igualdad de Género en Educación 2016-2021
Tendrá una vigencia de seis años.
Se concibe como el marco de actuación y la herramienta para continuar impulsando la igualdad dentro del sistema educativo.
Se basa en cuatro principios fundamentales.
Principios Fundamentales
Son cuatro los principios que sustentan este II Plan Estratégico de Igualdad de Género en Educación 2016-2021: transversalidad, visibilidad, inclusión y paridad.
1.Transversalidad
Supone, la inclusión de la perspectiva de género en la elaboración, desarrollo y seguimiento de todas las actuaciones que afecten, directa o indirectamente, a la comunidad educativa.
2.Visibilidad
Necesidad de visibilizar a las mujeres y su contribución al desarrollo de las sociedades.
Poniendo en valor el trabajo que, histórica y tradicionalmente, han realizado y su lucha por la igualdad.
Hay que luchar contra la injusticia, la desigualdad y los privilegios en una sociedad democrática.
Ayudando a visibilizar que chicos y chicas aún reciben una socialización diferenciada en razón de su sexo que les impide su pleno desarrollo y limita sus capacidades.
Es indispensable debatir sobre la necesidad de paliar las desigualdades, analizando el trato diferenciado que desde su nacimiento se ofrece a chicos y chicas y cómo repercute en generar pensamientos, actitudes y hábitos diferentes que van a condicionar su desarrollo personal a nivel social, educativo y profesional.
3.Inclusión
La máxima “Sí diferentes, pero no desiguales”, resume el sentido del principio de inclusión. Sí a la diferencia, pues la diversidad enriquece las relaciones; mientras que la desigualdad y la discriminación, las empobrece y problematiza.
Los cambios sociales de las últimas décadas han repercutido de forma muy importante en la eliminación de estereotipos que encasillan a las mujeres en un modelo determinado, cuando en realidad, existen muchas formas de ser mujer. Estos cambios no siempre han ido acompañados de cambios en el “modelo tradicional de masculinidad”, ya que, también existen muchas formas de ser hombre.
Esta desigual evolución ha tenido, en algunos casos, graves consecuencias para algunas mujeres.
Conciliar intereses y crear relaciones de género más igualitarias, hacen de la inclusión uno de los principios fundamentales del Plan.
4.Paridad
La igualdad formal y la igualdad real entre mujeres y hombres integra el sentido de este principio.
La paridad constituye un derecho y un principio fundamental, necesario para el logro de mayores cotas de justicia y libertad en el ejercicio de derechos equitativos.
La paridad real exige, por una parte, la participación equilibrada de las mujeres y de los hombres en la toma de decisión pública y política.
Y por otra, en el ámbito familiar y en el privado, la corresponsabilidad de los hombres y de las mujeres en las tareas de crianza y cuidado de acuerdo con un reparto y disfrute equitativos.
La presencia paritaria de mujeres y hombres en diferentes ámbitos y categorías profesionales o en puestos de liderazgo y de toma de decisiones, debe responder a criterios de capacidad y formación equiparables y gozar de similar consideración.
Diseñar un recorrido formativo común para alumnas y alumnos, dirigido a una construcción social con participación equitativa y justa de ambos sexos, impregna las actuaciones del II Plan Estratégico de Igualdad de Género en Educación 2016-2021 .
En nuestro centro tenemos en cuenta estos principios fundamentales tanto en las actuaciones llevadas a cabo, así como en la programación de todas las actividades.
Un saludo
María Teresa Acal Cabello
Coordinadora de Igualdad