AUXILIARES EXTRACOMUNITARIOS RENOVADORES
Para la renovación de la TIE podéis consultar toda la información aquí
Os insisto en el plazo de solicitud: durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización. También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores.
Estaréis, por tanto, en condiciones de solicitarlo antes de que os marchéis a vuestros países de origen y podréis ahorraros empezar de nuevas a la vuelta porque si se presenta en ese plazo la validez de la autorización de estancia queda prorrogada hasta la resolución de la solicitud.
Durante este período de renovación o prórroga de la TIE, para salir de España y regresar posteriormente, es necesario disponer de una autorización de regreso. Por aquello de los plazos recordad, por favor, que la autorización de regreso tiene una vigencia no superior a 90 días. Podéis encontrar toda la información aquí.
¡ÁNIMO CON LOS PAPELES Y,
POR FAVOR,
PEDID AYUDA EN VUESTRO CENTRO!