Premios anuales «Educaciudad» 2022

Información general

 

Descripción

Los Premios “Educaciudad” se conceden con el propósito de estimular y difundir las buenas prácticas educativas desarrolladas por los municipios andaluces y se otorgan a aquellos municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía. Su convocatoria es anual y en régimen de concurrencia competitiva. 

Convocar para el año 2021 los premios anuales Educaciudad, a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía 

La convocatoria de estas subvenciones se regirá por la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se establece las bases reguladoras para la concesión de los premios.

El ámbito territorial y/o funcional será el establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la orden de bases reguladoras.

Plazo de solicitud

  • 01/01/2021 – 30/09/2021 (El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2021).

Cómo realizar el trámite

Por internet

Solicitud en línea.

Presencialmente

El medio de presentación dependerá de lo que establezca la normativa que regule este procedimiento. Si el procedimiento es exclusivamente telemático, no podrá presentar la solicitud en una oficina de asistencia en materia de registros.

Documentación

Artículos 10, 17, 27 del texto articulado de las Bases Reguladoras, apartados 15 y 26.f) del Cuadro-Resumen y Anexos I y II, todos ellos insertados en la Orden de 20 de junio de 2011.

Certificación de acuerdo plenario de la Corporación Municipal.

Resuelvo Decimotercero de la Resolución de 29 de junio de 2021. Aportación de declaración responsable.

En cumplimento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, cuya aplicación se regula a través de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, será obligatorio por parte de la entidad solicitante de la subvención o ayuda, la aportación de declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales.

Requisitos

Artículos 1, 3 y 24 del texto articulado de las Bases Reguladoras y apartados 2.a, 4.a.2º y 23.a y b del Cuadro-Resumen, todos ellos insertados en la Orden de 20 de junio de 2011. 

Los municipios premiados se comprometen a participar en actos de difusión sobre sus buenas prácticas que se organicen por la Consejería competente en materia de educación.

Los municipios distinguidos por el reconocimiento asumen los siguientes compromisos:

a) Continuar profundizando en las actuaciones desarrolladas y los logros alcanzados por el reconocimiento durante un plazo de cuatro años.

b) Realizar una Memoria anual de seguimiento, durante cuatro años desde la concesión del reconocimiento objeto de la Orden de 20 de junio de 2011. Esta Memoria deberá ser enviada a la Dirección General competente en materia de participación que procederá, a la vista de dicho documento y del seguimiento efectuado, a decidir sobre la continuidad del reconocimiento de Educaciudad, tras presentar de nuevo la solicitud de Reconocimiento.

Conceptos subvencionables: las actividades para el desarrollo de las acciones educativas, así como la participación en foros y encuentros que ayuden a transferir e intercambiar experiencias significativas.

Los municipios interesados en presentar su candidatura a la distinción «Educaciudad» deberán haber desarrollado actuaciones destacadas, en los cuatro años anteriores a la solicitud de reconocimiento, en algunos de los ámbitos señalados en el apartado 4 a)2º del cuadro resumen. Los requisitos deberán mantenerse desde la concesión del premio hasta cuatro años posteriores, una vez transcurridos éstos podrá de nuevo la corporación local premiada solicitar la continuidad del reconocimiento por otros cuatro años.

Resuelvo Séptimo de la Resolución de 29 de junio de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar. Requisitos

De acuerdo con el apartado 4.a) 2.º del Cuadro Resumen, los municipios interesados en presentar su candidatura a la distinción «Educaciudad» deberán haber desarrollado actuaciones destacadas, en los cuatro años anteriores a la solicitud de reconocimiento, en materia de educación, en algunos de los siguientes ámbitos:

a) Prevención del absentismo escolar, fundamentalmente en la escolaridad obligatoria, utilizando todos los recursos locales disponibles para evitarlo.

b) Lucha contra el abandono escolar y fomento de la continuidad en los estudios post obligatorios, así como actuaciones para favorecer la formación a lo largo de toda la vida.

c) Mejora de las competencias básicas para formar a una ciudadanía a favor de la consecución de un entorno culto, solidario y sostenible, en sus vertientes social, económica y medioambiental.

d) Coordinación de los servicios y áreas municipales para mejorar la educación, y especialmente aquellos colectivos en dificultad de riesgo de exclusión.

e) Educación de la ciudadanía para la igualdad, la solidaridad y la convivencia pacífica, desde el respeto a los derechos humanos y las libertades democráticas, favoreciendo la libre expresión de ideas y opiniones, así como el debate ciudadano de los aspectos que requiera la vida en común.

f) Actuaciones de implicación familiar y ciudadana a favor de la mejora de la educación de su entorno.

La decisión de optar a dicha distinción deberá ser adoptada por mayoría en el Pleno de la Corporación Municipal y deberá figurar el compromiso de mantenimiento de las actuaciones por un plazo de cuatro años. Esta decisión del Pleno deberá ser tomada previamente a la fecha de solicitud.

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación

En la resolucion

En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. El plazo para dictar la resolución y notificación de la convocatoria será de tres meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

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