Títulos ESO, ESPA y de la FPB (Formación Profesional Básica)

Los títulos de la E.S.O, ESPA  y de la Formación Profesional Básica son gratuitos y no hay que solicitarlos. Los gestiona de oficio la secretaría del Centro.

Títulos de Bachillerato y FP (Formación Profesional)

Se comunica al alumnado que haya finalizado Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado Medio o Ciclo Formativo de Grado Superior, que pueden SOLICITAR, previo pago de las tasas correspondientes, la expedición de su Título a partir de la publicación de las Actas de Evaluación Final.


¿Cómo se solicita un título?

El procedimiento puede ser telemático o en ventanilla del centro.

TELEMÁTICO

Si deseas hacer todo el proceso de forma telemática, sin tener que acudir a la secretaría del Centro, puedes utilizar el siguiente  ENLACE.

Si tienes derecho a exención o bonificación de la correspondiente tasa, no olvides subir la documentación acreditativa.

EN VENTANILLA

NOTAS ACLARATORIAS

Instrucciones para rellenar el Mod. 046

  • En el apartado OBLIGADO AL PAGO, se deben cumplimentar los datos personales y de domiciliación del solicitante.
  • En el apartado DATOS GENERALES, se debe marcar la casilla AUTOLIQUIDACIÓN. En el cuadro de texto situado debajo se indica el tipo de título que se solicita. Se escribirá la fecha en la que se va a realizar la liquidación. En el código territorial pueden utilizarse los desplegables y seleccionar en código órgano territorial CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, en Código provincia, Huelva y en Código centro, I.E.S. Doñana. En concepto de pago se indicará el código 0049 o bien se utilizará el desplegable y se seleccionará TASA POR EXPEDICIÓN DE TÍTULOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.
  • Usted podrá hacer el pago telemáticamente o imprimir el documento y llevarlo al banco/caja para hacer efectivo del pago. Una vez realizado el pago, si lo ha pagado en el banco/caja la entidad bancaria se queda con una de las copias del modelo (el talón de cargo) y, le entregará al solicitante el   ejemplar para el interesado y el ejemplar para la Administración, los cuales llevará al centro. Si lo ha pagado telemáticamente debe descargarse los correspondientes resguardos y llevarlos al centro. En ambos casos, el ejemplar para la Administración se lo queda el  centro y el ejemplar para el interesado le será sellado por el centro, sirviéndole de resguardo del pago de su tasa.

Tasas y exenciones por expedición de Títulos Académicos

Importes de la tasa 059 (Mod. 790) para el año 2022

  • Título de Bachiller y título de Formación Profesional de Grado Superior, tarifa normal 53,84 euros y duplicados 4,85 euros.
  • Título de Formación Profesional de Grado Medio, tarifa normal 21,95 euros y duplicados 2,53 euros.
  • Están exentos del pago de estas tasas:
    • Las víctimas de actos terroristas, así como sus hijos (Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo – BOE del 23).
    • Los beneficiarios de familia numerosa de categoría especial (categoría establecida en Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, BOE del 19).
    • La expedición de títulos duplicados por causa imputable a la Administración.
    • La expedición de títulos duplicados por rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil (Disposición Adicional 2ª de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, BOE del 16).
    • Los beneficiarios de familia numerosa de categoría general abonarán el 50 por ciento de la tasa (Ley 40/2003, de 18 de noviembre).

 

Importes de la tasa 049 (Mod. 046): Enlace

 

  • Están exentos del pago de estas tasas:
    • El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales de especial trascendencia, o que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta segundo grado de consanguinidad, tutores o guardadores hayan sufrido dichos daños.
    • El alumnado miembro de familia numerosa de categoría especial.
    • Las víctimas de violencia de género, doméstica o ambas. Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre.
    • Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
    • Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital de conformidad con la Ley 19/2021 de 20 de diciembre, Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía de conformidad con el Decreto Ley 3/2017 de 19 de diciembre o las beneficiarias de ambas prestaciones.
    • La expedición de títulos duplicados por causa imputable a la Administración.
    • La expedición de títulos duplicados por rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil (Disposición Adicional 2ª de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, BOE del 16).
    • Los beneficiarios de familia numerosa de categoría general abonarán el 50 por ciento de la tasa (Ley 40/2003, de 18 de noviembre).

IMPORTANTE: Es IMPRESCINDIBLE que el alumno/a conserve el resguardo del pago de la tasa hasta que recoja en el  Instituto el Titulo Oficial .


 

Recogida de Títulos

  • La expedición de títulos suele tardar de 2 a 3 años desde su solicitud. Si en dicho plazo no has recibido noticas del centro, llama a Secretaría para consultar si ya está disponible tu título para ser recogido.
  • La recogida será en la secretaría del Centro en horario de: Lunes  a Viernes de 09:00 a 13:30 horas
  • El interesado deberá venir con el DNI/CARNET DE CONDUCIR/NIE+PASAPORTE.
  • Si la persona que va a realizar la recogida es distinta del interesado/representante legal para el que se expide el título será necesario aportar: