- Préstamo individual.
- Son préstamos individuales los que se conceden al alumnado, al profesorado y al personal de administración y servicios.
- Para la realización de cualquier préstamo, es obligatoria la presentación del carnet de la biblioteca. Dicha tarjeta es personal e intransferible.
- No se prestarán fondos a personas ajenas al colegio, a no ser con permiso del Director o del maestro/a responsable de la biblioteca, tras petición formal por escrito y conocimiento del personal de la biblioteca.
- La devolución o renovación de obras prestadas debe realizarse en un plazo de quince días (15 días), prestando especial atención a los períodos vacacionales.
- Los libros de consulta se prestarán sólo los fines de semana.
- Cada usuario podrá llevarse un libro durante un periodo máximo de 15 días renovables por otros 15 días, y 1 audiovisual por un periodo máximo de cinco días.
- El usuario se hace responsable del material que utilice. En caso de deterioro o pérdida, quedará obligado a su reposición.
- En caso de retraso en los préstamos, se aplicarán las correcciones recogidas en el ROF del colegio.
- Préstamo colectivo
- Son préstamos colectivos los que se conceden al grupo- aula bajo la responsabilidad del profesorado.
- Los préstamos de aula serán de un máximo de tantos libros como alumnado tenga el curso y su duración se fijará a convenir entre el profesorado y el responsable de la Biblioteca, de tal manera que no perjudique al resto de los préstamos. Los audiovisuales, por el contrario, tendrán de duración sólo una semana.