PREMIOS EDUCACIUDAD 2019

 

Los Premios “Educaciudad” se conceden con el propósito de estimular y difundir las buenas prácticas educativas desarrolladas por los municipios andaluces y se otorgan a aquellos municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía.

La convocatoria para este año está abierto desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2019.

Cómo realizar el trámite

Por internet

Presencialmente

Imprime los formularios que te indicamos y preséntalos en los registros de documentos.

Formularios

Documentación

Certificación de acuerdo plenario de la Corporación Municipal.

Artículos 10, 17, 27 del texto articulado de las Bases Reguladoras, apartados 15 y 26.f) del Cuadro-Resumen y Anexos I y II, todos ellos insertados en la Orden de 20 de junio de 2011.

Requisitos

Los municipios premiados se comprometen a participar en actos de difusión sobre sus buenas prácticas que se organicen por la Consejería competente en materia de educación.

Los municipios distinguidos por el reconocimiento asumen los siguientes compromisos: a) Continuar profundizando en las actuaciones desarrolladas y los logros alcanzados por el reconocimiento durante un plazo de cuatro años. b) Realizar una Memoria anual de seguimiento, durante cuatro años desde la concesión del reconocimiento objeto de la Orden de 20 de junio de 2011. Esta Memoria deberá ser enviada a la Dirección General competente en materia de participación que procederá, a la vista de dicho documento y del seguimiento efectuado, a decidir sobre la continuidad del reconocimiento de Educaciudad, tras presentar de nuevo la solicitud de Reconocimiento.

Conceptos subvencionables: las actividades para el desarrollo de las acciones educativas, así como la participación en foros y encuentros que ayuden a transferir e intercambiar experiencias significativas.

Los municipios interesados en presentar su candidatura a la distinción «Educaciudad» deberán haber desarrollado actuaciones destacadas, en los cuatro años anteriores a la solicitud de reconocimiento, en algunos de los ámbitos señalados en el apartado 4 a)2º del cuadro resumen. Los requisitos deberán mantenerse desde la concesión del premio hasta cuatro años posteriores, una vez transcurridos éstos podrá de nuevo la corporación local premiada solicitar la continuidad del reconocimiento por otros cuatro años.

Artículos 1, 3 y 24 del texto articulado de las Bases Reguladoras y apartados 2.a, 4.a.2º y 23.a y b del Cuadro-Resumen, todos ellos insertados en la Orden de 20 de junio de 2011. Dispongo sexto de la Resolución de 25 de julio de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad.

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