Plan de Centro

El Plan de Centro es el documento de referencia para toda la Comunidad Educativa de un centro educativo, en el que se detallan sus finalidades, valores, formas de actuar, normas, etc. Es importante conocer el Plan de Centro de tu centro ya seas familia, alumno, docente o cualquier persona vinculada académica o laboralmente al colegio. Una vez un alumno está matriculado en un centro, asume lo que está regulado en el Plan de Centro, por eso es tan importante conocerlo ya que en él se describe lo que podemos esperar de ese colegio o instituto.

Al comienzo de cada curso escolar se plantea la modificación del Plan de Centro como consecuencia de diversas circunstancias, como son los procesos de Autoevaluación del Centro (Memoria de Autoevaluación), cambios normativos y en función del Proyecto de Dirección (Decreto 328/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los CEIP). 

PLAN DE CENTRO 2021-2022

También el Plan de Autoprotección del centro forma parte del plan de centro, por lo que lo incluimos a continuación.

 

Plan de Autoprotección 21-22

 

En este curso un documento que forma parte del Plan de Centro es el Protocolo COVID del colegio, cuya última revisión mostramos a continuación. Un resumen de mismo se puede ver también en la pantalla de inicio.

Protocolo COVID-19 del Centro

 

 

La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y se adaptará a sus ritmos de trabajo.

Las Administraciones educativas fomentarán la autonomía pedagógica y organizativa de los centros, favorecerán el trabajo en equipo del profesorado y estimularán la actividad investigadora a partir de su práctica docente. Los centros docentes desarrollarán y completarán el currículo y las medidas de atención a la diversidad establecidas por las Administraciones educativas, adaptándolas a las características del alumnado y a su realidad educativa con el fin de atender a todo el alumnado. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo. Los centros promoverán, asimismo, compromisos con las familias y con los propios alumnos y alumnas en los que se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha introducido importantes novedades en la organización, funcionamiento y gobierno de los colegios de educación infantil y primaria, profundizando en los conceptos de participación de la comunidad educativa y de autonomía pedagógica, organizativa y de gestión.
Por otra parte, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, reconoce dichos principios al dedicar el título I a la comunidad educativa: alumnado, profesorado, al que concede el papel relevante que representa en el sistema educativo, impulsando con ello el reconocimiento y apoyo social de su actividad, familias, de las que regula su participación en el proceso educativo de sus hijos e hijas y personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria. Igualmente, su título IV trata de los centros educativos y dispone los aspectos esenciales que regirán su organización y funcionamiento y sus órganos de gobierno y de coordinación docente, impulsando la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los mismos, mediante la articulación de modelos de funcionamiento propios en torno al PLAN DE CENTRO , que de acuerdo a lo regulado en el Artículo 20 del Decreto 328/2010 por el que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, estará constituido por el Proyecto Educativo, el Reglamento de Organización y Funcionamiento y el Proyecto de Gestión.