14.- Compromisos de convivencia

De acuerdo a lo recogido en el artículo 19 de la Orden de 20 de junio de 2011, las familias tienen derecho a suscribir con el centro un compromiso de convivencia.

El compromiso de convivencia está indicado para el alumnado que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares y tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación entre las familias y el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno o alumna, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.

Esta medida, tendrá un carácter preventivo y se procurará que sirva para evitar situaciones de alteración de la convivencia y/o para prevenir su agravamiento.

El procedimiento a seguir a la hora de establecer un compromiso de convivencia será el siguiente:

  • El tutor o tutora podrá suscribir un Compromiso de convivencia por iniciativa propia (o sugerida por el equipo educativo) o por iniciativa de la familia.
  • El tutor o tutora dará traslado al director o directora de cualquier propuesta, con carácter previo a la suscripción del Compromiso, para que éste verifique el cumplimiento de las condiciones previstas en este Plan de Convivencia. Una vez verificadas las condiciones, el director o directora autorizará al tutor o tutora para que lo suscriba.
  • En los Compromisos de Convivencia se establecerán las medidas y objetivos concretos que se acuerden para superar la situación de rechazo escolar que presenta el alumnado, las obligaciones que asume cada una de las partes, la fecha y los cauces de evaluación de esta medida. Asimismo, deberá quedar constancia de la posibilidad de modificar el compromiso, en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado.
  • Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor o tutora dará traslado del mismo al equipo educativo y al director o directora.
  • Cada profesor o profesora valorará el comportamiento, positivo o negativo, del alumno o alumna durante sus horas de clase, además podrá realizar las observaciones que considere oportunas y dará traslado de todo ello al tutor o tutora.
  • En los plazos establecidos en el compromiso, el tutor o tutora analizará, la evolución del alumno o alumna conjuntamente con la familia, reforzando positivamente el cumplimiento del compromiso, o cualquier mejora, por leve que sea, e implicando a las familias en todo el proceso.
  • Se mantendrán reuniones y otros contactos con la periodicidad que se acuerde con los padres y madres del alumnado implicado, para informarles de la evolución de su hijo o hija en el centro, conocer los avances realizados en los compromisos adquiridos por la familia. De esto quedará constancia escrita y el tutor o tutora lo comunicará al director o directora, que deberá realizar el seguimiento del proceso y evaluarlo.

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