Plan de Convivencia del Ceip Sacratif

 

EL PLAN DE CONVIVENCIA

1.- DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE CONVIVENCIA

El C.E.I.P.Sacratif se ubica en el centro  de la población de Carchuna.  El centro está rodeado tanto por bloques de viviendas como por algunas viviendas unifamiliares, que albergan una población muy heterogénea en cuanto a profesiones, nivel de calidad de vida y formación.

            Esta situación, así como el hecho de ser el unico centro de la población  hace que nuestro alumnado sea muy heterogéneo a todos los niveles, propiciado también por una gran diversidad de realidades socio-económicas y culturales de ese entorno. Esta característica, incide positivamente en el centro pues puede ser reflejo en las aulas, de la variedad y realidad social que tiene nuestra sociedad y con la que se enfrentarán nuestros alumnos y alumnas en el futuro.

            Lo mismo podríamos decir referido a los distintos sectores de trabajo de las familias, ya que prácticamente la mayoría de las familias se dedica al cultivo bajo abrigo.

            El alumnado de nuestro centro, no presenta ninguna característica especial fuera de la total normalidad, dentro de la heterogeneidad a la que antes hacíamos referencia. Por las características del entorno socio-cultural antes mencionadas y siempre en términos generales, suele ser un alumnado motivado y trabajador, que no suele presentar graves retrasos escolares, problemas de comportamiento o absentismo escolar.

            La plantilla del Centro es estable en, aproximadamente, un 75/80%, lo que incide en una mayor y mejor relación con los demás sectores de la Comunidad Educativa y propicia una mejor coordinación entre los distintos ciclos.

            Quizá por toda esta situación, no se suelen producir conflictos de gravedad que afecten al estado de convivencia en el centro, o por lo menos así lo constatamos hasta ahora. 

         

2.- OBJETIVOS:

  • Promocionar la cultura de paz y no violencia en el Centro
  • Mejorar la convivencia
  • Facilitar instrumentos y recursos para lograr los objetivos anteriores
  • Implicar a toda la comunidad educativa
  • Mejorar en el cumplimiento de las normas
  • Respetar la diversidad
  • Fomentar la igualdad entre hombres y mujeres
  • Facilitar la prevención, detección y eliminación de conflictos
  • Prevenir, detectar y eliminar cualquier manifestación de violencia, ya sea de género y/o actitudes y comportamientos racistas
  • Alcanzar un clima óptimo para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y el profesorado
  • Promocionar la seguridad y la salud como bien social y cultural
  • Conseguir la resolución pacífica de cualquier tipo de conflicto

 

 

3.- NORMAS DE CONVIVENCIA

 

3.1.- DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO:

En la educación se transmiten y ejercitan los valores que hacen posible la vida en sociedad y se adquieren los hábitos de convivencia  y de respeto mutuo. Por ello, la formación en respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia es uno de los fines primordiales que debe perseguir el sistema educativo.

El deber más importante de los alumnos es el de aprovechar positivamente el puesto escolar que la sociedad pone a su disposición.  Por ello, el interés por aprender y la asistencia a clase, es decir, el deber del estudio es la consecuencia del derecho fundamental a la educación.  El alumno tiene también como deberes básicos los de respetar a los demás miembros de la comunidad educativa, hacer un buen uso de las instalaciones y cumplir las normas de convivencia.

Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes básicos sin más distinciones que las derivadas de su edad y de las enseñanzas que se encuentren cursando.

Todos los alumnos tienen derecho a la integridad, a la intimidad, a ser evaluados objetivamente, al aprendizaje, a no ser discriminados por causa alguna, a la participación, a percibir ayudas y a que se compensen sus posibles carencias educativas.

Ningún alumno será privado de su derecho a la educación ni escolarización. No podrán imponerse correcciones ni medidas disciplinarias contrarias a la integridad física. Así mismo, las correcciones respetarán la proporcionalidad con la conducta y deberán contribuir a la mejora del proceso educativo. Cualquier corrección a la conducta de un alumno deberá tener en cuenta la edad, las circunstancias familiares y sociales, tener carácter educativo más que punitivo y guardar proporción con la falta cometida. También plantea la necesidad de elaborar medidas preventivas y establece circunstancias atenuantes (el reconocimiento espontáneo, la reparación del daño producido, la falta de intencionalidad y la petición de excusas) y circunstancias agravantes (premeditación, reiteración, daños e injurias a menores, acciones que impliquen discriminación por sexo, raza,…; incitación a la actuación colectiva,…).

Como norma general, todo profesor que observe una conducta contraria a las normas de convivencia en cualquier alumno, deberá corregirla, si entra en el ámbito de su competencia o cursar parte escrito al tutor o Jefatura de Estudios quienes actuarán en consecuencia con la gravedad de la conducta a corregir, comunicándolo a los padres del alumno siempre que la conducta del mismo revista cierta gravedad o sea reiterativa.

            De acuerdo a lo recogido en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación; la Ley 17/2007 de 10 de diciembre de Educación de Andalucía y el Decreto 328/2010 en el que se regulan los derechos y deberes del alumnado, estos quedan establecidos como quedan:

Son deberes del alumnado

  • El estudio, que se concreta en:

1º  La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.

2º  Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.

3º  El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.

4º  El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y

compañeras.

5º  La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su

aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado.

  • Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
  • Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres.
  • Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.
  • Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.
  • Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que este determine.
  • Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.
  • Participar en la vida del centro.
  • Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

 

El alumnado tiene derecho a:

  • A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.
  • Al estudio.
  • A la orientación educativa y profesional.
  • A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado, de los criterios de evaluación que serán aplicados.
  • A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.
  • Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes.
  • A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.
  • Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.
  • A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.
  • A la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos previstos en el artículo 7.2 i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
  • A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
  • A la protección contra toda agresión física o moral.
  • A la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo.
  • A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
  • A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.

 

3.2.- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

 

            Servirán como base para la elaboración de las normas particulares de cada aula y estarán abiertas a la modificación o inclusión de cuantas sean necesarias en aras de la mejora de la convivencia en el Centro, siempre que sean aprobadas por el Consejo Escolar. En principio, se establecen las siguientes:

  • Se respetarán los horarios de entrada y salida del Centro. Cinco minutos después de la hora fijada para entrar se cerrarán las puertas. Los alumnos/as que no hayan accedido al Centro a la hora de entrada, deberán justificar su retraso. En cualquier caso, la incorporación al Centro se realizará a la hora del recreo, para evitar en lo posible la interrupción de las clases y del trabajo en el Centro. La reiteración de faltas de puntualidad injustificadas se considerará una conducta contraria a las normas de convivencia.
  • No se podrá salir del Centro hasta la hora de salida establecida. Fuera de esta hora cualquier salida debe ser  por motivos justificados y autorizada por el tutor/a correspondiente. En este caso los alumnos no podrán salir solos debiéndose encargar de recogerlos los padres o persona autorizada por los mismos.
  • Las faltas de asistencia deberán justificarse debidamente por parte de los padres. Las ausencias reiteradas pueden provocar la imposibilidad de la aplicación correcta de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua.  Mensualmente se comunicará a los Servicios Sociales del Ayuntamiento los alumnos con faltas injustificadas y el número de éstas.
  • Ningún alumno permanecerá en clase durante el horario de recreo, salvo que lo haga con alguno/a de sus profesores/as. Así mismo, durante el recreo, no se podrán llevar a cabo juegos y/o actividades que por su naturaleza revistan peligro.
  • En el interior del Centro se mantendrán actitudes de respeto por parte de todos los miembros de la Comunidad Escolar. El alumnado debe mostrar al profesorado el máximo respeto y consideración, igual que al resto de los miembros de la comunidad educativa, así como respetar sus pertenencias.
  • Se evitarán los juegos violentos y cualquier actitud que comporte agresión, insultos y/o humillaciones con los/as compañeros/as. Cualquier tipo de conflicto que se presente se resolverá a través del diálogo.
  • No se tolerará ningún tipo de amenazas, coacciones ni actitudes que las impliquen. Tampoco las injurias y/o ofensas ni actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal. Cualquier tipo de agresión se considerará una falta muy grave.
  • Se respetará la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa. No se discriminará a ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
  • Se deberá prestar especial atención a la higiene y limpieza, tanto personal como del entorno.
  • Se considerará una falta a las normas de convivencia maltratar el material propio, el de los compañeros y/o el del Colegio. Así mismo, se estará en la obligación por parte de los padres o tutores/as del alumno/a de reponer los libros de texto que sufrieran cualquier tipo de deterioro malintencionado o por el mal uso por parte del alumno/a
  • Todas las instalaciones del Centro, se respetarán, ya sea en horario escolar o fuera de éste, y dentro del recinto escolar se mantendrá una actitud de orden y compostura. Se cuidará de que las clases, pasillos, servicios y en general cualquier dependencia del Centro se mantengan limpios y ordenados.
  • El estudio constituye un derecho y un deber básico del alumnado, derivándose de éste las siguientes obligaciones:
    • Participar en las actividades orientadas al desarrollo de las actividades del Centro.
    • Seguir las orientaciones del Profesorado respecto de su aprendizaje.
    • Respetar el derecho al estudio de sus compañeros.
    • No tener comportamientos que impidan el normal desarrollo de las clases y/o actividades del centro
    • Los padres y madres conocerán y observarán las Normas de Convivencia, atenderán a las citaciones del Centro y se implicarán directamente en todo lo relativo a la puntualidad y debida asistencia a las clases de sus hijos/as.
    • Los padres y madres, en relación con los profesores, no desautorizarán la acción de los mismos en presencia de sus hijos/as. Facilitarán toda la información que se precise en cuanto a distintos aspectos valorativos que puedan afectar al proceso educativo y participarán voluntariamente en cuantas actividades y tareas sea requerida su ayuda por el profesorado.
    • Los padres y madres, en relación con sus hijos/as, colaborarán en la labor educativa ejercida sobre los mismos/as. Vigilarán y controlarán sus actividades y facilitarán el cumplimiento de sus obligaciones respecto del Centro. Además, estimularan a sus hijos/as en el cumplimiento y respeto de las Normas de Convivencia.
    • Durante las horas de clase sólo podrán entrar en las aulas los alumnos/as y el profesorado, no pudiendo interrumpirse las mismas. Así mismo, los padres y madres respetarán los horarios de tutoría y procurarán no hablar con los tutores/as en los momentos de entrada a las aulas y/o recreos
    • El profesorado mantendrá contactos periódicos y sistemáticos con los padres y madres de sus alumnos/as dentro del horario previsto a tal fin.

 

4.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA

 

            Para determinar qué conductas son contrarias a las normas de convivencia, su grado de gravedad, el ámbito de estas conductas a corregir, su gradación, las medidas disciplinarias a tomar, su corrección, los órganos competentes para imponer las correcciones, el procedimiento general a seguir, el procedimiento para reclamar las medidas adoptadas, así como la resolución del procedimiento; en tanto en cuanto se publique el Decreto específicamente destinado a tal fin por parte de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, se atenderá a lo dispuesto en el DECRETO 328/2010 de 13 de julio, capítulo III, sección 1ª, artículos desde el 29 al 46.

5.- COMISIÓN DE CONVIVENCIA

 

            En el seno del Consejo Escolar, se constituirá una comisión de convivencia, que estará integrada por: el director o directora, que ejercerá la presidencia, el jefe o jefa de estudios, dos maestros o maestras y cuatro padres, madres o representantes legales del alumnado elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar. Uno de los representantes del sector padres, madres o representantes legales del alumnado será el nombrado por la AMPA del Centro.

            Las funciones de la comisión de convivencia serán las siguientes:

  • Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.
  • Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
  • Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
  • Mediar en los conflictos planteados.
  • Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
  • Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
  • Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
  • Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.
  • Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.

La planificación de las reuniones y actuaciones de la comisión de convivencia, se establecerá al inicio de cada curso escolar por la jefatura de estudios y previo análisis de la convivencia en el curso anterior. Dentro del Plan de Actuación, se contemplarán, al menos, los siguientes aspectos:

  • Seguimiento del Plan de Convivencia
  • Coordinación de las actuaciones y medidas contenidas en el mismo
  • Valoración de los objetivos conseguidos
  • Identificación de las dificultades que surjan
  • Propuesta de medidas de mejora
  • Conocimiento y valoración de las medidas correctoras impuestas en cada caso

Además de las competencias de la comisión de convivencia, profesorado, tutores, jefatura de estudios y la dirección del centro, el Claustro de Profesorado y el Consejo Escolar, tendrán las siguientes:

 

El Claustro de profesores:

  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la normativa vigente.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

 

El Consejo Escolar:

  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al presente Reglamento y demás normativa de aplicación. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

6.- AULA DE CONVIVENCIA

 

            De acuerdo a lo estipulado en el artículo 23 del Decreto 328/2010 de 13 de julio, se deja abierta la posibilidad de crear un Aula de Convivencia en el centro para un tratamiento individualizado, como consecuencia de la imposición de una corrección o medida disciplinaria en la que el alumnado se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas.

            Visto el análisis de la Convivencia en el Centro y dada la limitación de recursos en un centro de E. Primaria de estas características, no parece que proceda ni haya necesidad para el establecimiento de dicha aula en el mismo, si bien, se deja abierta tal posibilidad como una opción si las circunstancias se modificaran o así lo aconsejaran. En cualquier caso, para la puesta en marcha de dicha aula, se estaría en lo dispuesto en la normativa antes mencionada.

7.- DELEGADO O DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO

 

            Se creará esta figura de acuerdo a lo recogido en la normativa que así dicte la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. En tanto en cuanto, se procurará su elección se lleve a cabo en la primera reunión del profesorado con los padres, madres o representantes legales del alumnado, que se suele realizar al comienzo de cada curso escolar. Será elegido para cada curso escolar por los propios padres, madres o representantes legales del alumnado y sus funciones serán las que sean asignadas por la Consejería de Educación.

8.- DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO:

            Por cada clase habrá un delegado o delegada del alumnado para las cuestiones de convivencia. Esta figura será escogida por el resto de sus compañeros y compañeras de manera democrática. Sus principales funciones a la espera de lo que determine la Consejería de Educación serán:

  • Mediación para la resolución pacífica de los conflictos que pudieran presentarse en su grupo
  • Colaboración con el tutor o tutora del grupo en la resolución de conflictos
  • Promover y dar a conocer entre el resto del grupo las normas de convivencia del centro y las específicas del aula.

 

En el siguiente enlace podeis ver nuestro PLAN DE CONVIVENCIA.

PLAN DE CONVIVENCIA CEIP SACRATIF. PINCHA AQUI PARA VER.