RENUNCIA A IMPARTIR ENSEÑANZA BILINGÜE

Hasta el día 15 de junio podrán formularse las solicitudes de RENUNCIA del personal que ha contado hasta ahora con autorización para la impartición de enseñanza bilingüe.

IMPORTANTE: Únicamente podrá renunciar a impartir docencia bilingüe el personal que obtuvo plaza NO bilingüe mediante Concurso General de Traslados, y que posteriormente fue autorizado a impartir dicha enseñanza por la Dirección General competente.

En ningún caso podrá cursar esta solicitud el personal que hubiese obtenido plaza bilingüe mediante Concurso General de Traslados o Recolocación efectuada en su momento mediante convocatoria publicada en el correspondiente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

DOCUMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 

La solicitud deberá ser formulada mediante oficio remitido por la Dirección del centro educativo, y contendrá la siguiente documentación:

1. Documento de la Dirección del centro de solicitud de renuncia para el personal propuesto – DISPONIBLE EN ESTE ENLACE.

2. Anexo(s) de renuncia a la impartición de enseñanza bilingüe. – DISPONIBLE EN ESTE ENLACE.

Para poder dar curso a la solicitud, cada uno/a de los/as docentes propuestos/as deberá cumplimentar esta solicitud de forma individual, por lo que deberán remitirse adjuntos tantos Anexos como docentes solicitantes.

La documentación será remitida por el/la Director o Directora del centro educativo mediante cualquiera de los siguientes medios:

– Ventanilla electrónica, dirigiéndose a «Servicio de Ordenación Educativa» -> «Plurilingüismo»

– Registro General de esta Delegación Territorial

– Cualquiera de las vías expuestas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se optara por presentar la documentación ante la Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos, antes de ser certificada.