Derechos y obligaciones de las familias

Derechos y obligaciones de las familias

La participación de los padres y madres, junto con sus derechos y obligaciones, está regulada en el artículo 12 del Decreto 327/2010 que regula el Reglamento Orgánico de los Centros. En nuestro Reglamento de Organización y Funcionamiento (web: EL CENTRO → Plan de Centro → ROF) está concretado en el punto 1.3.

A continuación, un breve extracto de ese punto:

“Esta colaboración [de las familias] se concreta en:

  1. Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.
  2. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.
  3. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del instituto.
  4. Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didáctico cedido por los institutos de educación secundaria.
  5. Cumplir con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el instituto.”

Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo

Es interesante participar en este foro, pues sólo hay tres reuniones de la junta de delegados en todo el curso, una por trimestre. Allí se recibe información de primera mano por parte del equipo directivo y se atienden demandas y sugerencias de cada grupo, se revisa el transcurso de la evaluación y la programación de actividades.

La comunicación con las familias del grupo puede realizarse de varias formas, aunque se sugieren la vía de PASEN (cualquier padre puede mandar por ahí un mensaje a su delegado).

Se desaconsejan los grupos de Whatsapp, pues generan debates estériles y pérdida de información entre mensajes poco relevantes.

Las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes funciones:1

  1. Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.

  2. Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

  3. Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.

  4. Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el tutor o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.

  5. Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo Escolar.

  6. Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de sus hijos e hijas, especialmente en las recogidas en los artículos 7 y 18.

  7. Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos, disponga el plan de convivencia.

  8. Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.

  9. Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el plan de convivencia del centro.

1Según se establece en la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

Updated: 9 octubre, 2023 — 2:47 pm