Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Jaén |
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Paraje del Neveral, s/n 23080 – Jaén Twitter: @OrientaJaen |
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Coordinación Provincial del ETPOEP | Jesús Correro Rodríguez coordinacionetp.dpja.ced@juntadeandalucia.es | Tfno.: 600141888 Corp.: 641888 |
Coordinación del Área de Necesidades Educativas Especiales | Eva María Castro Ortega necesidadesetp.dpja.ced@juntadeandalucia.es | Tfno.: 671535818 Corp.: 635818 |
Coordinación del Área de Compensación Educativa | Encarnación Sánchez Robles compensatoriaetp.dpja.ced@juntadeandalucia.es | Tfno.: 671537607 Corp.: 637607 |
Coordinación del Área de Orientación Vocacional y Profesional | Ana María López Peñas orientacionetp.dpja.ced@juntadeandalucia.es | Tfno.: 671539148 Corp.: 639148 |
Coordinación del Área de Apoyo a la Acción Tutorial y Asesoramiento a la Convivencia Escolar | Rosa María Mesa del Moral acciontutorialetp.dpja.ced@juntadeandalucia.es | Tfno.: 671539142 Corp.: 639142 |
Coordinación del Área de Recursos Técnicos | Ildefonso Ortega López recursosetp.dpja.ced@juntadeandalucia.es | Tfno.: 671537605 Corp.: 637605 |
OTROS/AS PROFESIONALES CON FUNCIONES ASOCIADAS AL ETPOEP– JAÉN | ||
Equipo de bienestar Emocional |
bienestaremocional.dpja.ced@juntadeandalucia.es |
Tlf: 608682427
Corp.: 762973 |
bienestaremocional.dpja.ced@juntadeandalucia.es |
Tlf: 600140450
Corp.: 640450 |
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Trabajadora Social | María José García Romero mariaj.garcia.romero@juntadeandalucia.es | Tfno.: 600140459
Corp.: 640459 |
NORMATIVA:
De acuerdo con lo recogido en el art. 16 del Decreto 213/1995, de 12 de septiembre de 1995 (BOJA de 29/11/995), «en cada Delegación Provincial de la Consejería de Educación existirá un Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional, que dependerá del Jefe de Servicio de Ordenación Educativa para la organización y desarrollo de las funciones que tiene encomendadas».
El Decreto 39/2003 de 18 de febrero, (BOJA nº 36, de 21 de febrero de 2003), por el que se regula la provisión de los puestos de trabajo de los Equipos de Orientación Educativa adscritos al personal docente y se establecen las funciones de los coordinadores de área de los Equipos Técnicos Provinciales, dedica el CAPÍTULO III a los EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL.
En su artículo 5 (Composición de los Equipos Técnicos Provinciales), establece: «Los Equipos Técnicos Provinciales para la Orientación Educativa y Profesional estarán compuestos por un coordinador provincial, un coordinador del área de orientación vocacional y profesional, un coordinador del área de atención a las necesidades educativas especiales, un coordinador del área de compensación educativa, un coordinador del área de apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre convivencia escolar y un coordinador del área de recursos técnicos«.
El Decreto 213/1995, de 12 de septiembre de 1995 (BOJA de 29/11/1995), por el que se regulan los Equipos de Orientación Educativa, establece en el artículo 17 las funciones del mismo:
- «Colaborar con los servicios de la Consejería de Educación y Ciencia en la planificación, desarrollo y evaluación de las actuaciones de los Equipos de Orientación Educativa y de los Departamentos de Orientación.
- Impulsar y coordinar las actuaciones de los Equipos de Orientación Educativa de la provincia en las diferentes áreas de trabajo y de los Departamentos de Orientación, posibilitando el intercambio de experiencias y la elaboración de materiales y documentos de orientación educativa e intervención psicopedagógica.
- Proponer planes de formación permanente para los profesionales de los Equipos de Orientación Educativa y Departamentos de Orientación, en el marco del plan provincial de formación permanente del profesorado, y colaborar en su desarrollo y evaluación.
- Determinar las líneas de actuación prioritarias de la provincia en lo relativo a la planificación, desarrollo y evaluación de actuaciones y programas relacionados con las distintas funciones de los Equipos de Orientación Educativa, de acuerdo con las directrices de la Consejería de Educación y Ciencia.
- Colaborar con los servicios de la Consejería de Educación y Ciencia en lo relativo a la planificación, educativa de los medios y recursos necesarios para la atención a la diversidad de los alumnos y alumnas, particularmente en el área de las necesidades educativas especiales y de la compensación educativa».