ONCE – Equipo Específico

El Equipo Especí­fico de Atención al Alumnado con Discapacidad Visual viene desarrollando su trabajo desde el curso 1985/86 en la provincia de Jaén, y está integrado por profesionales pertenecientes a la Delegación Provincial de Educación y a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (O.N.C.E.), en virtud de la firma de sucesivos acuerdos de colaboración en materia de educación de personas con discapacidad visual entre ambas instituciones. Actualmente se encuentra enmarcado dentro del Convenio de Colaboración entre la Consejerí­a de Educación de la Junta de Andalucí­a y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), para la prestación de Servicios Educativos al Alumnado con Discapacidad Visual de fecha 03 de octubre de 2018.

También se encuentra vigente el Convenio de Colaboración de la Dirección Administrativa de la O.N.C.E. de Jaén con la Universidad de Jaén de fecha 11 de Julio de 2002. La actuación de este Equipo ha supuesto un avance en la atención al alumnado que presenta necesidades educativas especiales por discapacidad visual, completando, con una intervención de mayor especialización, la atención que se ofrece al mismo desde los centros educativos y otros servicios como los Equipos de Orientación Educativa y los Departamentos de Orientación.

El Equipo Especí­fico de Atención al Alumnado con Discapacidad Visual se define básicamente como la estructura multiprofesional que dirige su actuación a la consecución de la plena integración/normalización del alumno en aquellos aspectos especí­ficos derivados directamente de la discapacidad visual.

Los profesionales que componen el Equipo Especí­fico serán expertos en las diferentes Áreas de intervención que conforman los Planes Individuales de Atención Educativa, así como en las adaptaciones o adecuaciones necesarias. Sus intervenciones irán encaminadas a garantizar una atención de calidad que permita alcanzar la normalización y autonomía de los alumnos/as.

Las funciones y las actuaciones son, con carácter general, las siguientes:    

  1. Colaborar con los Equipos de Orientación Educativa y/o con los Departamentos de Orientación en la identificación de las necesidades educativas especiales del alumnado con discapacidad visual. 
  2. Asesorar al profesorado y a los padres, madres o representantes legales del alumnado con discapacidad visual en lo relativo a las técnicas, el código lecto-escritor, métodos y recursos apropiados para la acción educativa, tanto en el marco escolar como en el familiar.
  3. Colaborar en el diseño de planes de actuación y adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado con discapacidad visual.
  4. Contribuir a la formación especializada del profesorado y de los profesionales de los Equipos y Departamentos de Orientación, en el Ámbito de las necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad visual, proporcionando información relativa a las caracterí­sticas, necesidades, procedimientos e instrumentos de intervención con dicho alumnado.
  5. Seleccionar, analizar y/o elaborar materiales didácticos, promocionar el uso de las tecnologías de la información y comunicación aplicadas a este alumnado y dinamizar el empleo de materiales y equipamiento técnico específico.

Alumnado destinatario:

Los destinatarios de la intervención serán los alumnos y alumnas con discapacidad visual escolarizados en cualquiera de los niveles o etapas educativas, que tengan un grado de visión igual o inferior a 1/10 (Escala de Wecker) o una reducción del campo visual de 10 grados. De forma excepcional serán destinatarios aquellos otros casos que, tras la correspondiente valoración de la funcionalidad visual de los mismos, el Equipo Específico de Atención al Alumnado con Discapacidad Visual estime que precisan una atención escolar especializada a causa de su baja visión, alumnos con una agudeza visual hasta 1/3. En este apartado conviene también resaltar la atención educativa que se presta desde el Equipo a los alumnos sordociegos a través de un programa específico.

El tipo y la frecuencia de la atención que el alumnado recibe esté en función de las necesidades del propio alumno/a, del centro escolar al que asiste y de la etapa educativa, siendo determinada ésta por los miembros del Equipo Específico. El tiempo de atención en cada centro no es de dedicación exclusiva al alumno/a. Esta atención puede estar dirigida al alumno/a, a los padres, a los profesionales del centro o a otros profesionales externos.

Áreas de intervención:

En general, todo programa educativo dirigido a alumnos y alumnas con discapacidad visual debe cubrir los mismos objetivos generales del currículum ordinario además de incluir los componentes del Currículum Especí­fico. El Currículo Especí­fico podrá incluir algunas de las siguientes Áreas, en función de cada alumno:

  • Desarrollo evolutivo infantil.
  • Óptica y Oftalmología.
  • Autonomía.
  • Estimulación visual.
  • Técnicas instrumentales básicas.
  • Competencia social.
  • Ajuste a la discapacidad visual.
  • Orientación educativa.
  • Intervención familiar.
  • Tecnologías de la información y la comunicación.
  • Ocio y tiempo libre.
  • Adaptaciones de Acceso al Currículo.
  • Asesoramiento y formación.
  • Otras intervenciones: Coordinación con otros profesionales y Equipos.