SÉNECA: FAQs Censo

En este apartado se recogen las preguntas frecuentes (FAQs) relacionadas con el Censo de alumnado NEAE del Módulo de Gestión de la Orientación en el Sistema de Información Séneca.

 

CENSO ALUMNADO NEAE
Pregunta Respuesta
¿Cuándo debo revisar y actualizar el censo de alumnado NEAE? La revisión y actualización del censo de alumnado con NEAE se realizará:

  • Al inicio de cada curso escolar y con anterioridad a la fecha de cierre de la memoria informativa de los centros.
  • Cuando se realice una revisión de la evaluación psicopedagógica, tras la elaboración del correspondiente informe de evaluación psicopedagógica y del dictamen de escolarización, en su caso.
¿Cuándo debo registrar por primera vez a un alumno o alumna en el censo? El registro en el censo de alumnado con NEAE se realizará cuando se determinen por primera vez dichas NEAE. Evidentemente, será preciso que previamente, el orientador u orientadora, haya elaborado el correspondiente informe de evaluación psicopedagógica y que éste se encuentre «bloqueado» en el sistema de información SÉNECA, a excepción del alumnado con NEE de nueva escolarización en el segundo ciclo de educación infantil, cuyo informe tendrá que estar bloqueado durante el primer trimestre del curso que comience el alumno o alumna.

En caso de alumnado con NEE, es necesario que, previamente, el EOE haya emitido el correspondiente dictamen de escolarización.

¿Puedo censar a un alumno o alumna de Formación Profesional? No. En las enseñanzas de formación profesional y enseñanzas de régimen especial, así­ como en las enseñanzas para personas adultas, el censo incluirá al alumnado ya censado en las etapas anteriores.

Sólo registraremos la información sobre el alumnado con NEAE escolarizado en las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de educación infantil, a la educación primaria, a la educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica, al período de formación básica de carácter obligatorio o al período de formación para la transición a la vida adulta y laboral, en centros sostenidos con fondos públicos.

Al dar de alta a un nuevo alumno o alumna aparece el siguiente error: «El alumno ya se encuentra registrado en el censo de NEAE»; sin embargo, no aparece en el censo como que tiene actualmente una NEAE En este caso, el alumno o alumna al que acabamos de dar de alta se encuentra en el histórico. Para rescatarlo, debemos entrar en “Relación de Alumnado con NEAE”, seleccionamos del desplegable “Con vigencia” la opción “Todo” y en el desplegable “De cada alumno/a presentado/a, mostrar las NEAE/Atenciones” la opción “Todas” y Refrescar.
Se mostrará un nuevo listado en el que deberá estar el alumno o alumna. Entramos en el detalle y añadimos y/o modificamos los datos.
Al tratar de añadir y/o modificar el censo de un alumno o alumna me indica: «El alumno tiene NEAE que requiere que se informe un Dictamen«; sin embargo, el dictamen está grabado en Séneca El problema está en que no aparece el dictamen en el desplegable «Dictámenes finalizados» del detalle del alumno o alumna. Para ello se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ir a «Alumnado con NEAE».
  • Seleccionar al alumno o alumna y entramos en el detalle.
  • Elegir el dictamen requerido en el desplegable «Dictamen/es finalizados».
  • Aceptar

Una vez que hemos aceptado, nos vuelve a la pantalla del censo de alumnado NEAE, seleccionamos de nuevo el alumno o alumna y entramos en detalle. Ya podemos realizar los cambios en las necesidades y en las atenciones.

Nota: Si el desplegable estuviera vací­o se debe a que no tiene ningún dictamen en estado «bloqueado» o «finalizado» en Séneca.

¿Cómo doy de baja en el censo a un alumno o alumna que ha dejado de cumplir los requisitos establecidos para ser considerado como alumnado NEAE? Será precisa la revisión del informe de evaluación psicopedagógica de forma que se justifique dicha decisión. En el caso del alumnado con NEE no será necesario la elaboración de un nuevo dictamen de escolarización para determinar que ya no presenta NEE.

La baja se llevará a cabo a través de la opción «Fecha de fin de las necesidades especí­ficas de apoyo educativo», que recogerá la fecha a partir de la cual el alumno o alumna ha dejado de tener estas necesidades especí­ficas, siendo necesario para ello que no tenga vigente ninguna intervención en el apartado correspondiente. Una vez que ponemos fecha fin a la necesidad, el programa asigna, automáticamente, la misma fecha fin a todas las intervenciones asociadas. Por consiguiente, no ponemos fecha fin a las intervenciones y después a la NEAE.

Cuando voy a dar de baja o modificar una NEAE, el sistema me indica que la NEAE registrada para el alumno requiere una intervención obligatoriamente; sin embargo, tiene algunas intervenciones grabadas Debemos asegurarnos que deben coincidir las fechas de detección de la NEAE y algunas de las fechas de inicio de las intervenciones; es decir, no debe haber ninguna NEAE abierta en una fecha determinada y sin ninguna intervención con la misma fecha.

Para ello, en el campo correspondiente del detalle de la intervención habrá que modificar la fecha de inicio para hacerla coincidir con la fecha de detección de la NEAE. Posteriormente, ya podremos modificar o dar de baja la NEAE.

He puesto por error fecha fin a la NEAE. ¿Cómo vuelvo a recuperar la NEAE? Pinchamos sobre la NEAE y entramos en el detalle. Borramos la fecha que hemos grabado y validamos. 
¿Cuál es el procedimiento para borrar a un alumno o alumna del censo? Si por error grabamos en el censo a un alumno o alumna que no presenta ninguna NEAE y queremos borrar sus datos; es decir, que desaparezca del censo, debemos comunicarlo al responsable del Área de Recursos Técnicos del Equipo Técnico Provincial para que proceda a su eliminación. 

En este caso, se trata de borrar los datos del alumno o alumna que estaba en el censo por error, NO de dar fecha fin a un alumno o alumna que ya no consideramos de NEAE.