Extranjería


Oficina de Extranjería de Almería

Horario de atención al público: lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas. Viernes de 9:00 a 14:30 h. Período estival (16 de junio a 15 de septiembre): lunes a viernes de 9:00 a 14:30 h.

Se requiere cita previa. Esta se puede obtener en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas en el siguiente enlace:

https://icp.administracionelectronica.gob.es/icpplus/index.html

Tutorial para pedir cita: Descargar aquí


Presentación sobre trámites de Auxiliares de Conversación en Extranjería, curso 2023-24: Descargar aquí


Trámites para auxiliares extracomunitarios

1. Nuevos auxiliares:

Los auxiliares extracomunitarios deben pedir cita en la Oficina de Extranjería de Almería para solicitar la tarjeta de estudiante, a través de este enlace. El trámite se denomina POLICÍA – Toma de huella (expedición de tarjeta). Este trámite podría estar disponible también en las Comisarías de Policía de El Ejido y de Roquetas de Mar. 

Tutorial para pedir cita online – Extracomunitarios

Para solicitar la tarjeta, el auxiliar deberá aportar los siguientes documentos: 

  • Original y fotocopia del pasaporte
  • Original y fotocopia del documento que acredite su prestación de servicios como Auxiliar de Conversación en la provincia de Almería
  • 2 fotografías tamaño carnet con el fondo blanco
  • Modelo 790 (código 012) con las tasas pagadas
  • Modelo oficial EX-17: Solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) cumplimentada con los datos del solicitante

El modelo oficial EX-17 debe completarse con los datos del solicitante y puede obtenerse en este enlace:

https://extranjeros.inclusion.gob.es/ficheros/Modelos_solicitudes/mod_solicitudes2/17-Formulario_TIE.pdf 

El impreso para el pago de la tasa – modelo 790 (código 012) – puede descargarse en el siguiente enlace: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/. Se debe marcar la casilla TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal de estancia o para trabajadores fronterizos. El importe es de 16,08 EUR (aparecerá automáticamente al marcar esta casilla). El pago debe hacerse antes de acudir a la Oficina de Extranjería y puede efectuarse en cualquier banco; no es necesario tener cuenta bancaria para hacerlo. En algunos bancos sólo se puede hacer en el cajero automático. 

2. Auxiliares renovadores: 

Los auxiliares extracomunitarios renovadores deben solicitar una prórroga de la estancia anterior, para lo cual deben aportar un nuevo certificado expedido por la dirección del centro. La tasa en este caso para la expedición de la TIE es de 19,11 EUR. Una vez recibida la resolución favorable de la concesión de la prórroga por parte de la Oficina de Extranjería para el curso 2022-23, se debe hacer el trámite de la renovación de la TIE, siguiendo los pasos indicados en el apartado anterior. Más información aquí.

El plazo de solicitud es de 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, pero esta segunda opción puede generar una sanción.

Documentación que se debe presentar: 

  • Modelo oficial EX-00: Solicitud de autorización de estancia y prórrogas
  • Fotocopia del pasaporte
  • Fotocopia de la tarjeta que se va a renovar
  • Fotocopia de la carta de renovación enviada por la Consejería
  • Acreditación de seguro médico

Si esta documentación se presenta en ese plazo, la validez de la autorización de estancia quedará prorrogada hasta la resolución de la solicitud.


Autorización de regreso

Durante el periodo de renovación o prórroga de la TIE, para salir de España y regresar posteriormente, es necesario disponer de una autorización de regreso que tiene una vigencia no superior a 90 días. Hay que solicitarla escribiendo a: cita.almeria@correo.gob.es. La documentación que hay que presentar para realizar esta segunda gestión es la siguiente:

  • Modelo oficial EX-13: Solicitud de autorización de regreso
  • Fotocopia del pasaporte
  • Fotocopia de la solicitud de renovación de la TIE
  • Fotocopia de la carta de renovación enviada por la Consejería

La documentación se puede presentar en cualquier registro público y debe estar dirigida a la Oficina de Extranjería (véase dirección postal arriba). Más información sobre este trámite aquí.

NOTA IMPORTANTE: No es posible continuar en el programa si no se renueva la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) antes de su fecha de caducidad. Si la TIE está caducada, hay que salir de España y volver a tramitar un visado de estudiante en el país de origen. 


 

Trámites para auxiliares comunitarios (UE)

Los auxiliares residentes en la Unión Europea deben pedir cita en la Oficina de Extranjería de Almería para solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE, a través del siguiente enlace: https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/. Del desplegable de trámites disponibles en la provincia de Almería hay que marcar POLICÍA – Certificado de registro de ciudadano de la UE. Es posible que este trámite esté disponible también en las Comisarías de Policía de El Ejido y de Roquetas de Mar. 

Tutorial para pedir cita online – Comunitarios

Para ello, el auxiliar deberá aportar los siguientes documentos: 

  • Original y fotocopia del pasaporte o tarjeta de identidad (ID) en vigor 
  • Original y fotocopia del documento de la Consejería que acredite su prestación de servicios como Auxiliar de Conversación en la provincia de Almería y demuestre que cuenta con seguro médico
  • Tarjeta Sanitaria Europea / European Health Insurance Card (EHIC)
  • Modelo 790 (código 012) con las tasas pagadas
  • Modelo oficial EX-18: Solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros / Residencia ciudadano de la UE

El impreso para el pago de la tasa – modelo 790 (código 012) – puede descargarse en el siguiente enlace: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/. Se debe marcar la casilla Certificado de Registro de residente comunitario o tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la UE. El importe es de 12,00 EUR (aparecerá automáticamente al marcar esta casilla). El pago debe hacerse antes de acudir a la Oficina de Extranjería y puede efectuarse en cualquier banco; no es necesario tener cuenta bancaria para hacerlo. En algunos bancos sólo se puede hacer en el cajero automático. 


 

Trámites para auxiliares británicos que hayan residido en España con anterioridad

1. Auxiliares del Reino Unido que residían en España y ya tenían Certificado de Registro de Ciudadano de la U.E. con anterioridad:

Si el auxiliar de conversación ya es titular de un Certificado de Residente de Ciudadano de la UE (CUE), deberá pedir cita para el trámite POLICÍA – Exp. tarjeta asociada al Acuerdo de Retirada ciudadanos británicos y sus familiares (BREXIT). La cita deberá obtenerse a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones:

https://icp.administracionelectronica.gob.es/icpplus/index.html 

Para solicitar esta tarjeta, deberán aportar los siguientes documentos:

El impreso para el pago de la tasa – modelo 790 (código 012) – puede descargarse en el siguiente enlace: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/. Se debe marcar la casilla TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores fronterizos. El importe es de 16,08 EUR (aparecerá automáticamente al marcar esta casilla). El pago debe hacerse antes de acudir a la Oficina de Extranjería y puede efectuarse en cualquier banco; no es necesario tener cuenta bancaria para hacerlo. En algunos bancos sólo se puede hacer en el cajero automático. 

Asimismo, deberán entregar el original del Certificado de Registro de Ciudadano de la UE.

Si el pasaporte está caducado, se deberá aportar copia de este y copia de la solicitud de renovación.

2. Auxiliares del Reino Unido que, a pesar de residir en España, no tienen Certificado de Registro de Ciudadano de la U.E. con anterioridad:

Si el auxiliar de conversación no es titular de un Certificado de Residente de Ciudadano de la UE (CUE), pero puede demostrar que era residente en España antes del 31/12/2020, deberá obtener previamente la autorización del Documento de Residencia Temporal para nacionales de Reino Unido beneficiario Acuerdo de Retirada, para lo cual tendrá que solicitar cita en la Oficina de Extranjería. Una vez recibida la resolución favorable de la Residencia Temporal para nacionales de Reino Unido, deberá acudir a la Oficina de Extranjería de Almería para solicitar la tarjeta de residencia. El trámite es el mismo del apartado 1 y se denomina POLICÍA – Exp. tarjeta asociada al Acuerdo de Retirada ciudadanos británicos y sus familiares (BREXIT). La cita deberá obtenerse a través del siguiente enlace:

https://icp.administracionelectronica.gob.es/icpplus/index.html 

Para solicitar esta tarjeta, deberán aportar los siguientes documentos:

  • Original y fotocopia del pasaporte o tarjeta de identidad (ID) en vigor
  • Documento que acredite la residencia en España antes del 31/12/2020
  • Certificado de la Junta de Andalucía que acredite su prestación de servicios como Auxiliar de Conversación en la provincia de Almería y demuestre que cuenta con seguro médico
  • Modelo 790 (código 012) con las tasas pagadas (una vez concedida la residencia)
  • Modelo oficial EX-20: Solicitud Documento de residencia para nacionales del Reino Unido (Acuerdo de Retirada)

Puede obtener información adicional a través del nuevo portal de incidencias habilitado a nivel nacional seleccionando la provincia correspondiente a través del siguiente enlace:

https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG