Renuncias
En este comunicado del Servicio de Programas Educativos Internacionales se informa de la correcta gestión y entrega de la documentación justificativa necesaria para las tres posibles situaciones que se pueden dar en un centro que ha recibido la subvención para el auxiliar de conversación, especialmente en aquellas en que este ha renunciado: (1) el centro no ha pagado ningún mes, (2) el centro ha pagado algún mes, pero el auxiliar ha renunciado y (3) el auxiliar termina su estancia al final del periodo, habiéndose incorporado en su fecha correcta o tardíamente.
Es muy IMPORTANTE aportar la documentación de la manera descrita; en caso negativo, se incumpliría lo dispuesto en el artículo 14.1 B) de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de subvenciones y, por ello, se iniciaría el procedimiento de reintegro por las cantidades no justificadas.
A partir del 1 de octubre, las renuncias se deben enviar utilizando el Anexo VII de la Instrucción 15/2020, de 6 de julio, sobre auxiliares de conversación, y se remiten por email a: renuncias.auxiliares.ced@juntadeandalucia.es, con copia a: plurilinguismo.dpal.ced@juntadeandalucia.es.
En el caso de los auxiliares del cupo MEFP, las renuncias deben comunicarse inmediatamente a: renuncias.auxminis@educacion.gob.es, igualmente con copia al responsable provincial de plurilingüismo, indicando la fecha exacta de baja en el programa, para evitar pagos improcedentes. En este caso no es necesario utilizar el Anexo VII.
En caso de que haya que devolver todo o parte de la cuantía destinada a pagar la ayuda al auxiliar de conversación, es necesario cumplimentar el Modelo 046. Para ello, se puede seguir estas instrucciones para la cumplimentación del Modelo 046.