FAQs

PROFESORADO

¿Puede un profesor definitivo en un centro ser desplazado por la implantación de la enseñanza bilingüe? En ningún caso, la organización de la enseñanza bilingüe o la inclusión de nuevas áreas, materias o módulos profesionales no lingüísticos podrá suponer el desplazamiento de profesorado definitivo.

¿Puede un profesor que llegue a un centro por concurso de traslados a un puesto no bilingüe impartir enseñanza bilingüe teniendo el B2? No. En ningún caso un docente no autorizado expresamente por la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, y por tanto sin ocupar puesto docente de carácter bilingüe, podrá impartir enseñanza bilingüe.

¿Qué profesorado tiene derecho a certificación de participación?

  • Coordinador del programa. Esto implica que la persona responsable de la coordinación del programa debe impartir clases a los grupos bilingües, excepto en el caso de los Ciclos Formativos cuando el coordinador sea de Áreas Lingüísticas y ese ciclo formativo no incluya módulo lingüístico.
  • Profesorado de áreas, materias o módulos no lingüísticos que imparten su materia en lengua extranjera.
  • Profesorado de lengua extranjera que imparte docencia directa con el alumnado bilingüe del centro (primera o segunda lengua extranjera, L2 o L3).
  • Profesorado que imparte el área o materia de Lengua castellana al alumnado bilingüe del centro en las etapas de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato.
  • Profesorado de Educación Infantil que inicia la lengua extranjera en Educación Infantil.

¿Se graban en Séneca todos los profesores L1, L2, L3? No. Solo los que imparten docencia a grupos bilingües.

En el horario del profesorado en Séneca ¿hay que grabar Docencia bilingüe al profesorado de L1, L2 y L3? No. Solo se pondrá Docencia bilingüe al profesorado de ANL que impartan docencia bilingüe.

¿El hecho de impartir un MPNL obliga a hacerlo en cursos sucesivos? Cuando un módulo profesional comienza a impartirse en L2, debe seguir haciéndose en cursos sucesivos,  independientemente del profesor o profesora que lo imparta.

¿Puede certificar el programa bilingüe el profesorado sustituto? El profesorado sustituto que no ocupe puesto bilingüe durante un curso académico completo no podrá obtener certificación.

¿Quién puede ser coordinador de la enseñanza bilingüe? Según el artículo 20 de la Orden de 28 de junio de 2011, el coordinador o coordinadora será un profesor designado entre el profesorado participante de lenguas, preferentemente de la L2, con destino definitivo en el centro. De no ser posible, deben estudiarse las posibles excepciones por parte de las autoridades educativas para su autorización.

¿Es compatible la coordinación del programa bilingüe con otros cargos en el centro? Sí lo es, pero la reducción horaria no es acumulativa. Además, es necesario aclarar que el coordinador debe impartir clase a los grupos bilingües. Es decir, no es posible ejercer el cargo de coordinación sin impartir clases a grupos bilingües.

¿Cuánto tiempo dura el nombramiento del coordinador bilingüe? Durará dos cursos académicos siempre que durante dicho periodo continúe prestando servicios en el centro.

¿Quién tiene preferencia para impartir a los grupos bilingües?

  1. El profesorado que ocupa un puesto de carácter bilingüe en la plantilla orgánica de los centros bilingües, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la citada Orden de 28 de junio de 2011, ya sea por el procedimiento de recolocación o por concurso general de traslados, así como el profesorado que ocupe provisionalmente, a través de los sistemas ordinarios de provisión, puestos específicos bilingües, impartirá necesariamente docencia bilingüe.
  2. El profesorado con destino definitivo en el centro que esté en posesión de un título de acreditación de al menos el nivel B2 del MCERL e imparta áreas, materias o módulos profesionales no lingüísticos en lengua extranjera, habiendo sido expresamente autorizado por la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para impartir enseñanza bilingüe, asumirá las horas que queden disponibles, después de que el profesorado contemplado en el apartado A) haya completado su horario.

¿El hecho de impartir un MPNL te obliga a hacerlo en cursos sucesivos? Cuando un módulo profesional comienza a impartirse en L2, debe seguir haciéndose en cursos sucesivos, independientemente del profesor que lo imparta.

¿Puede el profesorado bilingüe abandonar el programa? Se puede abandonar el programa de diferentes formas, dependiendo del modo en el que llegó a él. El profesorado que llega al puesto por Concurso General de Traslados o por el procedimiento de recolocación (profesorado que constituye la plantilla orgánica bilingüe del centro) debe volver a participar en el Concurso General de Traslados y solicitar un puesto no bilingüe. Si no obtuviera destino deberá permanecer en el puesto bilingüe. El profesorado definitivo en puesto de destino no bilingüe y puesto de servicio bilingüe en su propio centro, debe presentar su renuncia a continuar en el programa al Servicio de Ordenación Educativa de la Delegación correspondiente.


 

ALUMNADO

¿Puede salir un alumno del programa bilingüe? La Orden de 28 de junio de 2011 establece que, con carácter general, el alumnado que inicie en un centro bilingüe una determinada etapa educativa en esta enseñanza permanecerá en esta, al menos, hasta la finalización de dicha etapa, siempre que no se produzca un cambio de centro.

¿Qué ocurre cuando hay una mayor demanda que plazas en la enseñanza bilingüe? Esto sólo es posible en los centros autorizados según lo dispuesto en la disposición transitoria segunda de la Orden de 28 de junio de 2011. En este caso se intentará adecuar la oferta del centro a la demanda y cuando esto no sea posible, el centro en cuestión adoptará las medidas establecidas en la Disposición transitoria primera 1 c), d), e) de la citada Orden.

En los centros donde aún hay grupos bilingües y no bilingües, ¿tienen los alumnos bilingües que estar agrupados en las áreas lingüísticas L1, L2 y L3? No. Solo se agrupa el alumnado bilingüe en las áreas no lingüísticas que se imparten en L2.

¿Puede el alumnado del programa bilingüe del mismo curso pero perteneciente a grupos diferentes estudiar distintas materias? No. El alumnado del programa bilingüe de distintos grupos del mismo curso debe estudiar las mismas materias. Por ejemplo. en 1º de ESO: Ciencias Sociales y Matemáticas en los diferentes grupos, tanto en 1º A como en 1º B. Esto significa dar a todo el alumnado las mismas oportunidades. La única excepción en la oferta de materias optativas, en cuyo caso habrá que ofertar todas, de manera que todo el alumnado de un mismo curso tenga el mismo número de horas de enseñanza bilingüe.

¿Puede incorporarse nuevo alumnado a la enseñanza bilingüe más tarde? Sí.

Para la obtención del título de Baccalauréat ¿qué ocurre si el alumno supera la prueba externa del currículo mixto y no aprueba todas las materias del currículo español en junio? Se le guardará la nota de la prueba externa para cuando apruebe todas las materias del currículo español en septiembre.

¿Qué titulación obtiene el alumnado que ha cursado la enseñanza bilingüe? El alumnado de la  enseñanza bilingüe obtiene la misma titulación que el de la enseñanza ordinaria. Sólo se certifica al finalizar la etapa que ha cursado la enseñanza bilingüe o plurilingüe en los cursos que corresponda

¿Quién tiene derecho a la certificación que se hace de los estudios bilingües según la Orden de 28 de junio de 2011? La certificación de enseñanzas bilingües se hará al alumnado que termine la enseñanza bilingüe independientemente de que se haya incorporado al principio de la etapa o en algún curso posterior, incidencia que quedará registrada en la nota (3) de dicha certificación.


 

AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

¿Se puede renunciar al auxiliar de conversación? No. Es un recurso que ofrece la Consejería de Educación y Deporte para la mejora de la enseñanza bilingüe.

¿Es posible el horario del auxiliar de conversación con semanas diferenciadas? Sí.

¿Se pueden poner horas de conversación o preparación de material en el horario del auxiliar de conversación? No. Las horas deben ser de atención directa con el alumnado.

¿Pueden los auxiliares ayudar a otros grupos y alumnado no bilingüe? Los auxiliares deben dedicarse preferentemente a acompañar dentro del aula al profesorado que imparte en L2. Además de esto, y siempre que dispongan de horario suficiente para la atención de los grupos bilingües del centro, pueden ayudar a iniciar la “inmersión lingüística” con su presencia en el centro, usando expresiones del lenguaje cotidiano. Una vez cubierta esta primera dedicación, podrán ayudar a otros grupos ayudando al profesorado de L2 en los ámbitos lingüístico y sociolingüístico, didáctico e intercultural.

¿Pueden renovar los auxiliares en el mismo centro de acogida? Esto depende de las nacionalidades y de las circunstancias de cada año. La selección de auxiliares no se rige por un criterio común, pues depende de los acuerdos del Ministerio con los distintos países que aportan auxiliares. Cada año la Consejería envía instrucciones en las que se le indica si puede o no puede renovar y en qué condiciones.