Daily Archives: 06/07/2018
Instrucciones nivel competencial C1 en EEOOII para centros bilingües
Se han publicado en la web de la Consejería de Educación Instrucciones de 5 de julio de 2018 de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado por las que se convocan actividades de formación para la adquisición del nivel competencial C1 en lengua inglesa, francesa y alemana para el curso 2018-2019
Profesorado destinatario: Profesorado que con nivel B2 del MCERL se encuentre ocupando una vacante o tenga destino definitivo en un puesto bilingüe de inglés, francés o alemán en un centro docente público, impartiendo áreas, materias o módulos no lingüísticos (en adelante, ANL) en el curso escolar 2018-2019.
En ningún caso podrá estar en posesión de alguna acreditación del nivel C1 ni estar matriculado durante el curso escolar 2018-2019 en cursos del mismo Idioma en ningún nivel de alguna escuela oficial de Idiomas o del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía (IEDA).
Fechas de realización: entre octubre de 2018 y mayo de 2019, tendrá una duración semanal de cuatro horas y media, distribuidas en dos sesiones en horario de tarde
Reconocimiento: La asistencia a esta formación en ningún caso tendrá un reconocimiento en número de horas.
Acreditación de la competencia lingüística: Para la acreditación del nivel C1 de competencia lingüística, el profesorado participante en esta formación podrá optar bien por realizar la prueba de certificación de la Escuela Oficial de Idiomas en régimen de enseñanza libre, o bien a través de alguna entidad certificadora de enseñanza de idioma reconocida por la Consejería de Educación
Solicitudes: Cumplimentar el formulario asociado a la solicitud a través del portal docente de la Consejería de Educación (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/), mediante la aplicación informática diseñada al efecto.
Plazo: Quince días hábiles contados a partir del 1 de septiembre de 2018.
En la solicitud se consignará hasta un máximo de dos centros a los que se opta, por orden de preferencia.
Adjudicación de plazas y baremo: la adjudicación de plazas se realizará por orden de preferencia a los siguientes colectivos:
a) Profesorado que no ha participado en esta misma formación en el curso 2017-2018.
b) Profesorado que ha participado en esta misma formación en el curso 2017-2018 con aprovechamiento (asistencia al 80% de las clases y valoracíón positiva realizada en el sistema de gestión Séneca).
c) Profesorado que causó baja formalizada y registrada en el Sistema de Gestión Séneca en esta misma formación en el curso 2017-2018.d) Resto de profesorado que no se encuentre en las situaciones de los apartados b y c.
La no incorporación a la formación, la falta de asistencia a más del 20% de las sesiones programadas, o el no aprovechamiento de la misma podrá tener repercusiones en la no admisión en sucesivas ediciones.
Sedes: Escuelas oficiales de idiomas de Almería, Roquetas de Mar, El Ejido y Huércal-Overa.
Entidades autorizadas para acreditar la competencia lingüística, además de las Escuelas Oficiales de Idiomas
Escuelas mentoras
Se han publicado en la web de la Consejería las Instrucciones de 4 de julio de la Dirección General de Profesorado por el que se convoca el programa de formación del profesorado de escuelas mentoras para el curso escolar 2018-2019
-
Escuelas mentoras:
Centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, de todos los niveles educativos, en los que se esté llevando a cabo una experiencia educativa innovadora que pueda servir de referente para otros centros y que obedezca a una de las líneas prioritarias del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado (Anexo I de las Instrucciones).
-
Centros Telémaco.
Centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, que cuenten con al menos un 50% de participación de su claustro de profesorado y que lo soliciten presentando un proyecto a través del formulario que, a tal efecto, estará disponible en el Sistema de Información Séneca. Excepcionalmente, y siempre que esté debidamente justificado, podrán aprobarse proyectos en los que intervenga un colectivo significativo de profesorado de un mismo departamento, ámbito, o etapa educativa, nunca inferior a diez miembros.